22 de agosto de 2023

La Cámara Nacional de Casación Criminal y Correccional ejercerá la superintendencia sobre su personal

Lo estableció la Corte Suprema, a través de una acordada.

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación estableció que la Cámara Nacional de Casación Criminal y Correccional ejercerá la superintendencia sobre su propio personal. También, sobre el de los tribunales orales en lo criminal y correccional de la Capital Federal y de menores, y los juzgados de primera instancia de los que esos tribunales son alzada.

Hasta ahora, la superintendencia de esta Cámara era ejercida por la Cámara Federal de Casación Penal.

A través de la Acordada 24/2023 dictada hoy, los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti dejaron sin efecto la acordada 35/04 y el punto 4 de la acordada 42/14, al tiempo que modificaron el artículo 118 del Reglamento para la Justicia Nacional, relativo a superintendencia. En su nueva redacción, dicha norma establece:

“Sin perjuicio de las atribuciones de la Corte Suprema, la superintendencia directa sobre los funcionarios y empleados de los tribunales inferiores y la decisión de los casos concretos de esta naturaleza que se presenten será ejercida:

a) Por la Cámara Federal de Casación Penal sobre su propio personal y el de los tribunales orales en lo criminal federal de la Capital Federal y en lo penal económico.

b) Por la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional sobre su propio personal y el de los tribunales orales en lo criminal y correccional de la Capital Federal y de menores y los juzgados nacionales de ejecución penal.

c) Por las cámaras federales y nacionales de apelaciones de la Capital Federal sobre su propio personal y el de los juzgados de primera instancia de los que esos tribunales son alzada.

d) Por las cámaras federales de apelaciones con asiento en las provincias sobre su propio personal y el de los juzgados de primera instancia de los que son tribunales de alzada.

Los tribunales orales en lo criminal federal del interior del país, ejercerán las facultades de superintendencia sobre su propio personal; manteniendo en las cámaras federales de apelaciones con asiento en las respectivas provincias, la facultad de fijar el escalafón de los funcionarios y empleados de los tribunales orales en lo criminal federal que funcionen dentro del distrito judicial correspondiente a su competencia territorial, por lo que sólo procede que las cámaras mencionadas confecciones un único escalafón de todo el personal de la jurisdicción.

e) Por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados sobre su propio personal”.

Para ver la acordada completa, haga clic aquí.