Archivo Histórico

El Archivo Histórico forma parte del Archivo General del Poder Judicial de la Nación. Su misión es identificar, preservar y garantizar el acceso y la difusión del patrimonio documental de valor permanente de la justicia federal y nacional con sede en CABA.

Historia y marco normativo

El origen del resguardo del acervo histórico judicial se remonta al Decreto Ley N.º 6848/1963(Enlace externo), norma que prohibió la destrucción de expedientes con valor social o histórico declarado por la autoridad competente y habilitó a las partes interesadas a solicitar su preservación.

Posteriormente, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó la Acordada N.º 34/1981(Abre documento PDF en otra pestaña), que fijó los parámetros de custodia, seguridad y conservación física de los documentos, asignando inicialmente estas tareas al entonces Departamento Federal del Archivo General.

En 2022, ante la necesidad de especializar el tratamiento del patrimonio documental, se formalizó la creación del Departamento de Archivo Histórico (Expte. C.S.J.N. N.º 1734/2022). Dos años más tarde, mediante la Acordada N.º 46/2024(Abre documento PDF en otra pestaña), el Máximo Tribunal dispuso la cobertura por concurso público de los cargos de Dirección y Subdirección General del Archivo del Poder Judicial.

Consulta de documentación

Para la consulta de expedientes es requisito obtener un permiso del juzgado en el que se tramitó la causa.

El acceso al material por parte de los investigadores es gratuito, siempre y cuando acredite mediante declaración jurada que no será destinado a un trabajo con fines de lucro. En caso contrario, se deberá abonar el arancel establecido por Acordada 27/2026(Abre documento PDF en otra pestaña).

Para iniciar una consulta complete el siguiente formulario.

Documentos destacados

Criterios de consulta y acceso documental

La misión del Archivo es la identificación, conservación y puesta a disposición de los fondos y documentos en su contexto de producción archivístico.

El organismo no realiza investigaciones históricas, biográficas o temáticas a pedido de particulares. La labor interpretativa de los documentos queda a cargo de los investigadores interesados.

Solo se admiten pedidos de digitalización a demanda que no excedan la capacidad operativa instalada en función de los planes programados de digitalización del acervo.

Protección física del patrimonio documental

En caso de documentos o expedientes que presenten deterioro avanzado o riesgo inminente de pérdida material, no se autoriza su manipulación física. En los casos posibles, se priorizará el acceso a través de soportes alternativos de reproducción.

Fondos en tratamiento técnico

Los conjuntos documentales en proceso de identificación, clasificación, descripción, restauración o digitalización planificada permanecerán transitoriamente retirados de la consulta pública durante el lapso que requieran las labores archivísticas.

Reserva y protección de datos

El organismo podrá restringir o condicionar la vista de actuaciones conforme al régimen de protección de datos de carácter personal y sensible (Ley de protección de datos personales y sensibles N° 25.326(Enlace externo)).