El Centro de Información Judicial (CIJ) fue creado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la
Acordada N° 17/2006 y disuelto por la
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Los fallos de los tribunales Federales y Nacionales se publican en
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LA CAUSA
La Corte Suprema de Justicia de la Nación recibió en 2004 una demanda presentada por un grupo de vecinos del asentamiento denominado "Villa Inflamable" (Dock Sud, Avellaneda, provincia de Buenos Aires) contra el Estado nacional, la provincia de Buenos Aires, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y 44 empresas, invocando daños por múltiples enfermedades que habían sufrido sus hijos y ellos mismos derivadas de la contaminación de la cuenca hídrica Matanza-Riachuelo, zona que abarca parte de la Capital Federal y once partidos de aquella provincia.
En su reclamo, pedían el resarcimiento por los daáos particulares sufridos y por los perjuicios causados al ambiente.Estos últimos consistían en la contaminación de las aguas y del fondo del río, de las zonas aledaáas y del aire.
También solicitaron la constitución de un fondo de reparación, porque invocaban que hacía más de 100 aáos que el Riachuelo estaba bajo políticas públicas que fracasaron en el objetivo de sanear la cuenca.
En un hecho histórico, el Máximo Tribunal recibió la demanda. Los jueces dividieron la pretensión en dos partes: sobre la primera, que se refiere a los daños personales, rechazaron su jurisdicción y determinaron que los reclamos tienen que ir al magistrado más cercano a su domicilio; sobre la segunda, por los daños al ambiente, entendieron que la demanda sí entra bajo su órbita y dio prioridad a la prevención de la contaminación futura y a la recomposición de los perjuicios causados. Así, la Corte dictó en junio de 2006 una primera sentencia, exigiendo al Estado la presentación de un plan para limpiar el Riachuelo y recomponer el agua, suelo y aire. El programa consiste en la implementación de sistemas vinculados a las distintas formas de contaminación: obra pública cloacal de toda la región, asepsia de basurales, saneamiento de la actividad industrial y limpieza del fondo del río, entre otras medidas.
El Alto Tribunal decidió que se discuta en audiencias públicas el plan requerido al Estado. Terminada esta fase, dictó una última sentencia, en julio de 2008, donde ordenó la implementación de políticas públicas concretas en materia ambiental y fijó plazos para realizarlas y sanciones en caso de incumplimiento, a cargo de la Autoridad de Cuenca. Además, dejó en manos de un juez federal la ejecución de la sentencia definitiva y estableció un control sobre ella, en manos del defensor del Pueblo, de las ONG que intervinieron como terceros en la causa y de la Auditoría General de la Nación.
En un hecho histórico, el Máximo Tribunal recibió la demanda. Los jueces dividieron la pretensión en dos partes: sobre la primera, que se refiere a los daños personales, rechazaron su jurisdicción y determinaron que los reclamos tienen que ir al magistrado más cercano a su domicilio; sobre la segunda, por los daños al ambiente, entendieron que la demanda sí entra bajo su órbita y dio prioridad a la prevención de la contaminación futura y a la recomposición de los perjuicios causados. Así, la Corte dictó en junio de 2006 una primera sentencia, exigiendo al Estado la presentación de un plan para limpiar el Riachuelo y recomponer el agua, suelo y aire. El programa consiste en la implementación de sistemas vinculados a las distintas formas de contaminación: obra pública cloacal de toda la región, asepsia de basurales, saneamiento de la actividad industrial y limpieza del fondo del río, entre otras medidas.
El Alto Tribunal decidió que se discuta en audiencias públicas el plan requerido al Estado. Terminada esta fase, dictó una última sentencia, en julio de 2008, donde ordenó la implementación de políticas públicas concretas en materia ambiental y fijó plazos para realizarlas y sanciones en caso de incumplimiento, a cargo de la Autoridad de Cuenca. Además, dejó en manos de un juez federal la ejecución de la sentencia definitiva y estableció un control sobre ella, en manos del defensor del Pueblo, de las ONG que intervinieron como terceros en la causa y de la Auditoría General de la Nación.
ESPECIAL RIACHUELO
La Causa
EXPEDIENTE PRINCIPAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
"Mendoza, Beatriz Silvia y otros el Estado Nacional y otros s/ daños y perjuicios - daños derivados de la contaminación ambiental del Rio Matanza-Riachuelo"1
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RESOLUCIONES DE LA CORTE
INCIDENTES
JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL N°12
INCIDENTES
JUZGADO FEDERAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL N°2 DE MORÓN
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Se realizó una audiencia pública ante la Corte Suprema por la causa Riachuelo
Fueron convocados ACUMAR, el Estado Nacional, la Provincia y la Ciudad de Buenos Aires y organismos de control, para que expongan sobre el avance de la ejecución de la sentencia que ordenara la recomposición del daño ambiental en la cuenca










Contaminación del Riachuelo. Causa Mendoza, Beatriz Silvia y otros c/ Estado Nacional. Corte Suprema de Justicia de la Nación