Oficina de Referencia Extranjera
ORE - Jurisprudencia - Estados Unidos
20/04/2023

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LOS ESTADOS UNIDOS

Derecho penal. Debido proceso adjetivo. Derecho de defensa en juicio. Pena de muerte. Derecho del acusado de informar al jurado de las condiciones que acarrearía una futura condena a prisión perpetua sin derecho a obtener el beneficio de la libertad condicional.


   
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Sentencia del 22-2-23

En https://www.supremecourt.gov/opinions/22pdf/21-846_lkgn.pdf

John Montenegro Cruz v. Arizona

 

Antecedentes del caso: John Montenegro Cruz fue declarado penalmente responsable por el delito de homicidio por un jurado popular del estado de Arizona y condenado a la pena de muerte. Tanto en el proceso como en la apelación, Cruz argumentó que, según lo resuelto en el precedente Simmons v. South Carolina, se le debió haber permitido informar a los integrantes del jurado que, en su caso, la única pena alternativa a la pena de muerte era una sentencia a cadena perpetua que, en Arizona, no lo habilitaría a acceder al beneficio de la libertad condicional. El tribunal de primera instancia y la Suprema Corte del estado de Arizona sostuvieron que el esquema de condena a pena de muerte del estado no admitía la aplicación del caso Simmons. Luego de que la sentencia de Cruz adquiriera el carácter de definitiva, la Corte Suprema de los Estados Unidos dictó el fallo Lynch v. Arizona, donde sostuvo que había sido un error sustancial considerar que el antecedente Simmons no era aplicable en Arizona. En consecuencia, Cruz volvió a plantear la cuestión de Simmons en un pedido posterior a su condena, de conformidad con lo establecido en el art. 32.1.g de la Ley Procesal Penal del estado de Arizona, que autoriza a un acusado a presentar un pedido posterior a la condena si se produjera un cambio significativo en la ley de manera tal que, de aplicarse a su caso, probablemente dejaría sin efecto la sentencia. 
La Suprema Corte de Arizona rechazó el pedido de Cruz al entender que la resolución de la Corte Suprema en el caso Lynch no implicaba un cambio significativo en la ley.
Cruz interpuso un writ of certiorari ante la Corte Suprema de los Estados Unidos y solicitó la revisión de la decisión.

Sentencia: la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos revocó la sentencia de la Suprema Corte de Arizona.
La decisión de la Suprema Corte del estado de Arizona de que el precedente Lynch no produjo un cambio significativo en la ley es un caso excepcional en el que la resolución de un tribunal estadual se basa en una interpretación novedosa e imprevisible de una norma procesal estadual, por lo que no es adecuada para impedir la revisión de un recurso federal. 
1. La Corte Suprema señaló que no debe resolver la cuestión de derecho federal en un caso si la sentencia emanada de un tribunal estadual se basa en una ley local que es independiente de la cuestión federal y es adecuada para fundamentar la sentencia (ver Coleman v. Thompson, 501 U.S. 722, 729). En este caso, la Corte Suprema se centra en el requisito de adecuación, es decir, si la norma procesal del estado de Arizona es adecuada constituye en sí misma una cuestión de derecho federal (ver Beard v. Kindler, 558 U.S. 53, 60). Una norma procesal estadual que es establecida firmemente y cumplida regularmente será adecuada para impedir la revisión de una demanda federal (ver Lee v. Kemna, 534 U.S. 362, 376). Sin embargo, en este caso se trata de una excepción, lo que implica la regla de la Corte Suprema de que una decisión imprevisible y sin fundamento de un tribunal estadual sobre una cuestión de procedimiento local no constituye un motivo adecuado para impedir la revisión de una cuestión federal por parte de la Corte Suprema (ver Bouie v. City of Columbia, 378 U.S. 347, 354).
En este caso, la cuestión que se pone en tela de juicio es el fallo de la Suprema Corte del estado de Arizona, que resolvió que el pedido interpuesto por Cruz no cumplía con lo dispuesto en el art. 32.1.g de la Ley Procesal Penal de Arizona, debido a que el precedente Lynch no había producido un cambio significativo en la ley. La Suprema Corte de Arizona consideró que Lynch no implicaba un cambio significativo en la ley ya que se había basado en el caso Simmons, que fue una regla establecida claramente en el momento en que se llevaba a cabo el juicio contra Cruz. Sostuvo ese argumento, a pesar de que Lynch había dejado sin efecto la obligatoriedad del precedente de Arizona que no aplicaba el recurso establecido en Simmons para las personas condenadas a la pena de muerte en ese estado, y a pesar de que previamente la Suprema Corte había señalado que el arquetipo de un cambio significativo en la ley implicaba dejar sin efecto la jurisprudencia anterior que fuera vinculante (ver State v. Shrum, 220 Ariz. 115, 118, 203 P. 3d 1175, 1178). 
Mientras que la Suprema Corte entendió que un cambio significativo en la aplicación de una ley no es lo mismo que un cambio significativo en la ley en sí misma, el estado de Arizona no puede señalar ninguna otra decisión sobre el art. 32.1.g que respalde esa distinción. La Corte Suprema advirtió que esta interpretación del art. 32.1.g era completamente nueva y entraba en conflicto con la jurisprudencia del estado. La novedad surge de la forma en que la Suprema Corte soslayó los efectos del caso Lynch sobre la ley en cuestión. Generalmente, los tribunales de Arizona que aplican el art. 32.1.g se centran en cómo una decisión modifica una ley que tiene operatividad en el estado. Aquí, sin embargo, la Suprema Corte hizo caso omiso a los muchos precedentes que fueron dejados sin efecto por el fallo Lynch y se enfocó, en cambio, en verificar si Lynch había producido un cambio significativo en la ley federal. La Corte Suprema consideró que, debido a que la interpretación de la Suprema Corte resultaba tan novedosa e imprevisible, no constituía una base procesal adecuada para la sentencia impugnada. 
La interpretación de Arizona genera un dilema legal, tanto para Cruz como para otros condenados a la pena de muerte que se encuentran en la misma situación, que solo sirve para extender su carácter novedoso. A fin de lograr la concesión a un pedido según el art. 32.1.g, un acusado debe demostrar que no solo se produjo un cambio significativo en la ley, sino que también se aplica de manera retroactiva, de conformidad con lo resuelto en el precedente Teague v. Lane, 489 U.S. 288. Previamente al dictado del fallo de la Suprema Corte de Arizona, fue posible demostrar que Lynch había producido tanto un cambio significativo en la ley como en su efecto retroactivo ya que, simplemente, aplicó el antecedente Simmons. Sin embargo, en la interpretación adoptada por la Suprema Corte, la afirmación de que Lynch aplicó la ley federal establecida a los fines retroactivos implica también que Lynch no representa un cambio significativo en la ley. Por el contrario, las decisiones emitidas con anterioridad a la sanción del art. 32.1.g no habían generado este dilema. 
2. Los contraargumentos planteados en este caso ofrecen varias reformulaciones a la afirmación de que Lynch no produjo un cambio significativo en la ley a los fines del art. 32.1.g, pero no logran revertir el punto básico de que Lynch dejó sin efecto la jurisprudencia vinculante de la Suprema Corte. El hecho de que Lynch fuera una revocación sumaria no justifica el tratamiento diferencial que la Suprema Corte de Arizona le dio en relación con otras decisiones transformadoras emitidas por la Corte Suprema. A pesar de que Lynch no cambió la interpretación que la Corte Suprema hizo de Simmons, sí cambió la operatividad de Simmons por parte de los tribunales de Arizona de una manera que interesa al art. 32.1.g. Y no cambia nada si Lynch modifica o no la ley federal. El enfoque analítico de los tribunales de Arizona que aplican el art. 32.1.g ha sido siempre sobre el impacto en la ley de Arizona. Tampoco la interpretación de la Corte Suprema obstaculiza la potestad de los tribunales de Arizona para desarrollar su propia jurisprudencia sobre el art. 32.1.g en nuevos contextos. El hecho de que la Suprema Corte de Arizona nunca antes haya aplicado el art. 32.1.g a una revocación sumaria no presentó un contexto nuevo en este caso.

Nota de la Oficina de Referencia Extranjera: un writ of certiorari consiste en una presentación directa a la Corte Suprema de los Estados Unidos para que requiera a un tribunal inferior el envío de una causa y examine si se violó algún derecho en el procedimiento o en la sentencia.