Inhumación por vía administrativa
¿Qué es una inhumación por vía administrativa?
Consiste en dar sepultura en el Cementerio de la Chacarita a aquellos fallecidos cuyas familias tienen impedimentos económicos para pagar un servicio de sepelio o que no poseen familiares o allegados que pudieran hacerse cargo de esta tramitación.
¿Cuándo puede realizarse?
Cuando el magistrado interventor autoriza a la Dirección Médica de esta Morgue Judicial a realizar el traslado e inhumación a través de la nota u oficio correspondiente. Hasta tanto se expida esta autorización el cuerpo queda en resguardo en la institución.
¿Dónde puedo obtener la autorización?
En la sede que está llevando adelante las actuaciones sumariales, demostrando el vínculo bajo declaración jurada y manifestando que se carecen de medios para costear un servicio de sepelio.
¿Tiene algún costo?
NO, por parte de la Morgue Judicial toda la tramitación es gratuita.
¿Cuáles son las características del traslado?
La Morgue Judicial proporciona un cajón sencillo que lleva un nº de registro interno que permite resguardar y asegurar la identidad del fallecido que será inhumado.
Los traslados se realizan los días miércoles o viernes o en la fecha que se disponga, con la colaboración de la División Transporte Forense de la Policía de la Ciudad, ya que la Morgue Judicial no cuenta con vehículo propio. El furgón policial realiza en conjunto todos los traslados de fallecidos que han sido autorizados para esa fecha desde Morgue Judicial hacia el Cementerio de Chacarita.
Se trasladan al sector de inhumaciones que la Administración del Cementerio determine.
En caso de querer realizar algún tipo de ceremonial deberá ser organizado por los familiares y en el mismo sector de inhumación ya que las limitaciones operativas y de tiempos de coordinación entre Morgue Judicial, la División Transporte Forense y el Cementerio de Chacarita impiden que se realicen en otro lugar.
Las identificaciones y símbolos religiosos que quieran colocarse corren por cuenta de los allegados y familiares como en cualquier inhumación.
¿Por cuánto tiempo permanecen inhumados en el Cementerio?
Permanecen allí por un plazo de cuatro años sin costo. Antes de vencido ese plazo los familiares deben acercarse al cementerio a fin de renovar la parcela en el lugar que la administración del cementerio disponga y con el arancel vigente en ese momento. Caso contrario el Cementerio dispondrá el destino de los restos.
¿Dónde puedo obtener la Partida de Defunción?
La partida de defunción está disponible en la Oficina Central Defunciones del Registro Civil y Capacidad de las Personas que funciona dentro del mismo Cementerio de la Chacarita una semana después de realizada la inhumación. Puede retirarse allí abonando el timbrado correspondiente. O tramitarse a través de la página web del Gobierno de la Ciudad(Enlace externo).