Historia
El Cuerpo Médico Forense fue instituido formalmente en el año 1896, tras una serie de antecedentes que marcaron su proceso de conformación. El 30 de enero de 1882, el Poder Ejecutivo Nacional designó al Dr. Julián M. Fernández como “Médico de Tribunales”, ad referéndum de la Ley N.º 1893(Enlace externo) de organización de los tribunales de la Capital, promulgada el 12 de noviembre de ese mismo año. Posteriormente, en 1889, se nombró al Dr. Adolfo Puebla, quien luego sería nombrado como primer Decano del Cuerpo Médico Forense. Finalmente, el 3 de julio de 1896, con la sanción de la Ley N.º 3365(Enlace externo) -que amplió a seis el número de integrantes- se consolidó oficialmente el Cuerpo Médico Forense. A los mencionados Fernández y Puebla se sumaron los doctores Juan M. Acuña, Juan Alba Carreras, Obdulio Hernández y Delfino Pacheco. Cabe destacar que la Ley de 1882 establecía que la designación del cargo correspondía al Presidente de la República y definía la función de asesoramiento a los magistrados en los siguientes términos: “dará los informes y practicará los reconocimientos que estos necesiten y le pidan para el mejor desempeño de sus funciones”.
La Morgue Judicial fue creada pocos meses después mediante la Ley Nacional N.º 3379(Enlace externo), sancionada el 18 de agosto de 1896. Sin embargo, su inauguración se concretó recién en 1908, en la sede de la Facultad de Medicina ubicada en las calles Junín y Viamonte. En ese contexto, se designó como primer director al Dr. Guillermo Achával, quien ejerció el cargo entre los años 1908 y 1911. Legalmente desde 1958, la Morgue Judicial “es un servicio del Cuerpo Médico Forense que funcionará bajo la autoridad de su decano y la dirección de un médico, que debe reunir las mismas condiciones que los miembros del Cuerpo Médico Forense” (artículo 57 decreto ley 1285/58(Enlace externo)).
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La evolución histórica del Cuerpo Médico Forense de la Justicia Nacional ha sido marcada por un continuo proceso de progresiva organización administrativa y especialización técnica funcional. En la trayectoria aludida, el 15 de diciembre de 2009 marca un hito pues en esa fecha, la Corte Suprema de Justicia de la Nación aprobó el Reglamento General para el Cuerpo Médico Forense(Abre documento PDF en otra pestaña) (Acordada CSJN Nº 47/09) que constituye el primer cuerpo normativo orgánico desde sus orígenes. Conforme a sus disposiciones, es “un cuerpo técnico de naturaleza y finalidad exclusivamente periciales” cuyo “objeto es el auxilio específico a los órganos jurisdiccionales de la Justicia nacional y federal” dentro de cuyo contexto se erige en “el órgano de máxima jerarquía pericial en materia médico, psicológico, odontológico y químico-legal”.
Las autoridades del Cuerpo Médico Forense son el/la decano/a, el/la vicedecano/a y el/la directora/a de la Morgue Judicial. Todas son designadas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, pero el/la decano/a es electo/a por todos/as los/las peritos titulares y una vez cumplido el correspondiente acto administrativo de designación, es quien propone al Alto Tribunal los nombres de las otras dos autoridades. Este sistema se puso en práctica por primera vez mediante la elección de un decano el día 03 de marzo de 2010.
La estructura interna está organizada a través de la dirección de un/a decano/a, un vicedecano/a, Departamentos de Actividad Pericial a cargo de coordinadores/as, y Oficinas de Apoyo Técnico-Administrativo a cargo de sus respectivos Jefes/as.
En la Morgue Judicial se ha diferenciado la función de un/a subdirector/a y Departamentos de histórica identidad. No obstante, la organización pericial de la dependencia será fijada en definitiva, por el reglamento específico que para ella dicte la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
El Departamento Docencia, Investigación y Bioética coordina la actividad de educación y capacitación profesional continua que establece el Reglamento General para el Cuerpo Médico Forense; en consecuencia, extiende sus acciones a todas las áreas de actividad pericial en los aspectos específicos que le dan denominación, inclusive el editorial.
Los cargos profesionales incluyen a los peritos y a los auxiliares de la función pericial; ambos se distinguen por especialidad científica, lo que ha permitido diferenciar áreas de servicios específicos.
Las actividades periciales se cubren ininterrumpidamente en forma diaria y durante todo el año, a través de turnos presenciales en horario ampliado de atención al público (días hábiles de 7.30 a 19.30) y turnos no presenciales (días hábiles de 19.30 a 7.30 del día siguiente y las 24 horas de días inhábiles).
La sede pericial del Cuerpo Médico Forense se ubica en Lavalle 1429 CABA y la Morgue Judicial desarrolla sus actividades en Junín 760 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
