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    El Centro de Información Judicial (CIJ) fue creado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la Acordada N° 17/2006 y disuelto por la Acordada N° 10/2025, que crea este repositorio histórico para conservar sus contenidos. Los fallos de los tribunales Federales y Nacionales se publican en este sitio web.
    Lunes, 17 de septiembre de 2012 | Fuente: Archivo CIJ

    Comunicado del juez Gustavo Daniel Caramelo, titular del Juzgado Nacional en lo Civil N° 1

    “En la edición del 8 de septiembre pasado del diario La Nación apareció una nota titulada ‘La Justicia autorizó a publicar un documento de La Cámpora’, en donde se dio cuenta de una decisión de una sala de la Cámara de Apelaciones en lo Civil por la cual, según lo publicado, se había revocado una medida cautelar dictada por el Juzgado Nº 1, del que soy titular.

    Una rápida lectura de la nota pudo haber llevado a algunos lectores a pensar que por mi decisión se había prohibido a La Nación publicar una noticia vinculada con la actuación de la agrupación política La Cámpora, cuando la medida que dispuse se limitó a ordenar la eliminación de los datos personales de una mujer que aparecía mencionada en ella, quien había iniciado un proceso ante el juzgado a mi cargo.

    No sólo no prohibí el mantenimiento de la publicación más allá de lo señalado, sino que destaqué que, en razón del rol que corresponde a la libertad de prensa en una sociedad democrática, La Nación tenía pleno derecho a dar cuenta de la actividad de la agrupación política mencionada.

    Los jueces debemos buscar a diario la forma de alcanzar soluciones que equilibren los distintos derechos constitucionales en juego en los procesos en los que intervenimos y el territorio conceptual en el que confluyen habitualmente los de la privacidad o intimidad, y la libertad de prensa exhibe perfiles delicados, que hacen que a menudo nuestras decisiones sean opinables.


    Gustavo Caramelo, juez nacional
    Titular del Juzgado Nacional en lo Civil N° 1”

     

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