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    Jueves, 06 de septiembre de 2012 | Fuente: Archivo CIJ

    Rechazan medida cautelar para que se suspenda la construcción de un centro cívico en Barracas

    Lo decidió la jueza porteña Fabiana Schafrik. Es en el marco de una acción de amparo, iniciada por un grupo de legisladores, y se refiere a edificios del Nuevo Distrito Gubernamental en parcelas afectadas del Hospital Borda

    La titular del juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 5 de la Ciudad, Fabiana Schafrik, resolvió este miércoles, rechazar la medida cautelar que requería la suspensión de la construcción del Centro Cívico entre la calle Perdriel y la Av. Amancio Alcorta, en el barrio de Barracas.

    La medida fue dictada en el marco de un amparo iniciado por los legisladores porteños María Elena Naddeo, Virginia González Gass, Aníbal Ibarra y Fabio Hernán Basteiro, al que adhirieron María José Lubertino y María Rachid.

    En su resolución, la magistrada tuvo en cuenta los siguientes elementos de prueba aportados por el Gobierno de la Ciudad: el Concurso Nacional e Internacional a Dos Pruebas y Anteproyecto, el dictado de actos administrativos que aprobaron los Pliegos de Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas Generales, el que llamó a Licitación Pública y, finalmente, el que adjudicó la obra.

    Señaló, además, que la iniciativa cuenta con partidas asignadas en el presupuesto vigente. A su vez, surge que previo a la ejecución de las obras debería darse cumplimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental. 

    En cuanto a las actividades del taller protegido ubicado en el inmueble del Hospital Borda que fue destinado al Centro Cívico, la jueza sostuvo que, de las pruebas ofrecidas, surge textualmente que el lugar en el que se instalará el taller se encontraría en “óptimas condiciones de habitabilidad y renovado a nuevo”.

    En el mismo sentido, dado que actualmente no hay pacientes en el taller, la magistrada sostuvo que las medidas de reubicación y refuncionalización del taller “no obstaculizarían ni interferirían en la atención y el cuidado de la salud de ningún enfermo”. 

    Por ello, entendió que, debido a la “falta de pruebas conducentes” en esta primera etapa del proceso, no es viable la suspensión cautelar de la construcción de las obras. Y aclaró que esta decisión “de ningún modo pretende quitar relevancia” a los derechos de incidencia colectiva que se encuentran en juego en la causa.

     

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