Fallo declara inconstitucional la estatización de AFJP
Un fallo judicial de primera instancia declaró la inconstitucionalidad de la estatización de los ahorros de los ex afiliados al sistema jubilatorio de capitalización y le ordenó a la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) abonarle a la reclamante lo que tenía acumulado en su cuenta al 9 de diciembre de 2008, la fecha de entrada en vigor de la ley que eliminó aquel régimen.
La sentencia fue dictada en la causa "Scotti, Gisela Beatriz contra el Estado Nacional" y es la primera que se conoce a favor del régimen privado. Además de la devolución de fondos, el fallo sostiene que la Anses deberá considerar los períodos en los que la aportante estuvo afiliada a una AFJP como válidos para jubilarse en reparto. Y justifica esa disposición en el hecho de que las contribuciones patronales siempre se derivaron al Estado.