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    El Centro de Información Judicial (CIJ) fue creado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la Acordada N° 17/2006 y disuelto por la Acordada N° 10/2025, que crea este repositorio histórico para conservar sus contenidos. Los fallos de los tribunales Federales y Nacionales se publican en este sitio web.
    Miércoles, 23 de mayo de 2012 | Fuente: Archivo CIJ

    Rechazan recurso de Musa Azar en causa por homicidios en Santiago del Estero

    La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó un planteo del ex comisario contra la sentencia que le impuso la pena de prisión perpetua. Se trata de la causa por el asesinato de Leyla Nazar y Patricia Villalba, hechos ocurridos en 2003

    La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió rechazar las quejas que por recursos extraordinarios articularon las defensas de Musa Azar, Jorge Pablo Gómez, Héctor Bautista Albarracín, Francisco Daniel Mattar y José Patricio Lludgar, contra la decisión de la Cámara de Juicio Oral en lo Criminal y Correccional de Santiago del Estero, que los condenó en el marco de la causa conocida como “crimen de la Dársena”, paraje donde fueron hallados los cuerpos de Leyla Fátima Bshier Nazar y Patricia Fernanda Villalba.

    El voto de mayoría, conformado por los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Santiago Petracchi y Juan Carlos Maqueda, consideró que las referidas presentaciones eran inadmisibles (arts. 280 del CPCyCN). En disidencia, los doctores Carlos Fayt y Eugenio Zaffaroni  sostuvieron que correspondía dar intervención al Procurador General de la Nación, a fin de que dictamine sobre la naturaleza federal de la cuestión.

    El fallo de la Cámara  había condenado a Musa Azar a la pena de prisión perpetua por los delitos de homicidio doblemente calificado con ensañamiento y alevosía –en perjuicio de Patricia Fernanda Villalba- y asociación ilícita en carácter de jefe u organizador, en concurso real; a Jorge Pablo Gómez y a Héctor Bautista Albarracín a la pena de prisión perpetua por los delitos de homicidio doblemente calificado con ensañamiento y alevosía, en carácter de coautores –en perjuicio de Patricia Fernanda Villalba- y asociación ilícita, en concurso real; a Francisco Daniel Mattar a la pena de prisión perpetua por los delitos de homicidio doblemente calificado con ensañamiento y alevosía, en carácter de partícipe primario –en perjuicio de Patricia Fernanda Villalba- y asociación ilícita, en concurso real; a José Patricio Llugdar a la pena de veintidós años de prisión por los delitos de homicidio simple –en perjuicio de Leyla Fátima Bshier Nazar-, homicidio simple –en perjuicio de Patricia Fernanda Villalba- en calidad de partícipe primario.

    Según consta en el expediente, en la madrugada del 16 de enero de 2003, Lugdar esperó a Leyla Nazar en inmediaciones del boliche Saravah, para llevarla en su auto a su departamento del Barrio Misky Moyu, lugar en el que le dio muerte. Luego, para ocultar el homicidio, entregó a Patricia  –que había tomado conocimiento del ilícito- a Gómez, quien en connivencia con Mattar, Albarracín y Azar,  la torturaron en la finca de Árraga, de propiedad de Azar. El 6 de febrero de 2003, arrojaron el cuerpo agonizante de Patricia y los restos de Leyla en el paraje de la Dársena, donde se produjo la muerte de Patricia.

    Informe de Prensa Nº 39                               Buenos Aires, 24 de Mayo de 2012

     

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