X
/
    Logo CSJN
    • Preguntas frecuentes
    • Acceso a la información pública
    • Justicia.ar
    • X
    • Instagram
     
    • Institucional
      El Tribunal
      Jueces
      Palacio de Justicia
      Organigrama
      Biblioteca
      Archivo Histórico
    • Decisiones
      Sentencias
      Acordadas
      Resoluciones
    • Transparencia
      Presupuesto
      Recursos
      Adquisiciones y contrataciones
      Otras erogaciones
      Cuenta de inversión
      Organización interna
      Personal Judicial
      Remates
      Ver todos
    • Servicios
      Causas en trámite
      Presentaciones remotas
      Tribunales Federales y Nacionales
      Turnos
      Guía judicial
      Datos abiertos
      Oficios Externos
      Uso del personal
      Oficina de Matrícula
      Notificaciones
      Mandamientos
      Archivo General
    • Novedades

    • Preguntas frecuentes
    • Acceso a la información pública
    • Justicia.ar
    • X
    • Instagram
    1. Inicio
    2. Novedades
    3. Archivo CIJ
    El Centro de Información Judicial (CIJ) fue creado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la Acordada N° 17/2006 y disuelto por la Acordada N° 10/2025, que crea este repositorio histórico para conservar sus contenidos. Los fallos de los tribunales Federales y Nacionales se publican en este sitio web.
    Martes, 06 de marzo de 2012 | Fuente: Archivo CIJ

    El juez Claudio Bonadio dispuso el secreto de sumario en las actuaciones por la tragedia de Once

    Lo resolvió este martes. Según la resolución, la medida fue dictada a fin de evitar que “la propagación de resultados parciales generen confusión y sean utilizados en campañas periodísticas, resultando perjudicadas las víctimas y la población en general”

    El juez Claudio Bonadio, titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 11, dispuso este martes el secreto de sumario en las actuaciones por el hecho ocurrido el pasado 22 de febrero, cuando un tren de la línea Sarmiento colisionara en la Estación Once y por el que fallecieran 51 personas.

    En la resolución el magistrado señala “que con la finalidad de evitar que la propagación de resultados parciales generen confusión y sean utilizados en campañas periodísticas, resultando perjudicadas las víctimas y la población en general, se habrá de disponer el secreto de la marcha de dicha medida hasta su conclusión (artículo 204 del Código Procesal Penal de la Nación)”.

     

    Logo CSJN
     
     Talcahuano 550 - CABA - Argentina
     Contacto
     Mapa del sitio