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Jueves, 16 de febrero de 2012 |
Fuente: Archivo CIJ
La Cámara del Trabajo en pleno se expidió sobre un plazo de prescripción
Se refiere a la acción por los créditos a favor de trabajadores que establece el artículo 29 de la ley 23.696, llamada “Ley de Reforma del Estado”. Al respecto, el tribunal dijo que el plazo es el previsto en el artículo 4.023 del Código Civil
La Cámara Nacional del Trabajo se expidió en un fallo plenario con respecto al siguiente interrogante: ¿cuál es el plazo de prescripción que corresponde a la acción por los créditos en favor de los trabajadores que establece el art. 29 de la ley 23.696?, concerniente a los bonos de participación en las ganancias para el personal que se ordena emitir al “ente a privatizar”, en el marco de la llamada “Ley de Reforma del Estado”.
Al respecto, resolvió que “el plazo de prescripción que corresponde a la acción por los créditos en favor de los trabajadores que establece el art. 29 de la ley 23.696 es el previsto en el artículo 4.023 del Código Civil”.