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Jueves, 29 de diciembre de 2011 |
Fuente: Archivo CIJ
Liberaron a un menor acusado de atropellar a una persona
Lo resolvió el juez José H. González del Solar. La decisión se adoptó luego del cambio de calificación solicitado por el representante del Ministerio Público Fiscal. En el hecho falleció la víctima
El juez José H. González del Solar, titular del Juzgado Penal Juvenil de 4ª Nominación, resolvió conceder la libertad a un menor que en la madrugada del 2 de septiembre atropello con un automóvil Fiat 147 a la joven Mariana Ellena que falleció por las heridas recibidas.
La privación cautelar de libertad del menor de edad imputado se dispuso porque las
pruebas permitían inferir que había actuado con dolo eventual y que su obrar en la
oportunidad encuadraba en la figura de homicidio simple (art. 79 del Código Penal),
según informaron desde el tribunal.
Posteriormente, por una solicitud del Fiscal de Distrito I Turno 5, Alejandro Moyano, ya que la causa guardaba conexidad con otras que él investigaba, las actuaciones pasaron a conocimiento de dicha Fiscalía.
El fiscal Moyano, en base a los elementos probatorios aportado, solicitó que el menor imputado sea llevado a juicio como autor de conducción peligrosa (art. 193 bis del Código Penal) y homicidio culposo agravado (art. 84, segundo apartado, del Código Penal).
La modificación de la escala penal aplicable al hecho, para la eventualidad de una condena, y la ausencia de peligro de fuga que pudiera impedir el juicio admiten que se haga cesar la privación cautelar de libertad oportunamente dispuesta, sin perjuicio de las medidas de resguardo y vigilancia que el Juzgado Penal Juvenil deba determinar hasta que se dicte sentencia.
La privación cautelar de libertad del menor de edad imputado se dispuso porque las
pruebas permitían inferir que había actuado con dolo eventual y que su obrar en la
oportunidad encuadraba en la figura de homicidio simple (art. 79 del Código Penal),
según informaron desde el tribunal.
Posteriormente, por una solicitud del Fiscal de Distrito I Turno 5, Alejandro Moyano, ya que la causa guardaba conexidad con otras que él investigaba, las actuaciones pasaron a conocimiento de dicha Fiscalía.
El fiscal Moyano, en base a los elementos probatorios aportado, solicitó que el menor imputado sea llevado a juicio como autor de conducción peligrosa (art. 193 bis del Código Penal) y homicidio culposo agravado (art. 84, segundo apartado, del Código Penal).
La modificación de la escala penal aplicable al hecho, para la eventualidad de una condena, y la ausencia de peligro de fuga que pudiera impedir el juicio admiten que se haga cesar la privación cautelar de libertad oportunamente dispuesta, sin perjuicio de las medidas de resguardo y vigilancia que el Juzgado Penal Juvenil deba determinar hasta que se dicte sentencia.