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    El Centro de Información Judicial (CIJ) fue creado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la Acordada N° 17/2006 y disuelto por la Acordada N° 10/2025, que crea este repositorio histórico para conservar sus contenidos. Los fallos de los tribunales Federales y Nacionales se publican en este sitio web.
    Domingo, 29 de marzo de 2009 | Fuente: Archivo CIJ

    Riachuelo: ratifican clausura de una tosquera clandestina

    La Justicia Federal de Quilmes rechazó un recurso extraordinario contra la decisión judicial de cerrar un predio en el partido de Esteban Echeverría. La medida había sido dictada por temor a que se ocasionen daños al ambiente. Fallo completo

    El Juzgado Federal de Quilmes, a cargo del juez Luis Armella, rechazó un recurso extraordinario contra la decisión de clausurar una supuesta tosquera clandestina ubicada en el partido bonaerense de Esteban Echeverría.

    Armella aseguró que la resolución en cuestión no es susceptible de ser atacada por aquel recurso, pues no controvierte el alcance o la interpretación de normas federales, ni se acreditó un apartamiento de las normas o una carencia de fundamentación. En definitiva, el magistrado validó su decisión de clausurar el establecimiento y suspender toda actividad en el predio.

    La causa se había iniciado ante el Juzgado Correccional N° 5 de Lomas de Zamora, a raíz del planteo de los titulares de un predio en el cual se realizaban perforaciones en el Arroyo La Sofía-Medrano, cuyo curso desemboca en el Río Matanza (previo paso por el Arroyo Ortega), para que se declare la inconstitucionalidad de las medidas dispuestas por la Municipalidad de Esteban Echeverría por las que prohibió excavaciones y extracciones de tierra en ese lugar.

    Esas actuaciones fueron remitidas al Juzgado Federal de Quilmes, que constató que la actividad desarrollada en aquel emprendimiento “podría ocasionar severos e irreparables daños al medio ambiente” y entendió que, en virtud de que la cantera en cuestión se encuentra en la cuenca Matanza-Riachuelo, corresponde aceptar su competencia para entender en la causa, dando así cumplimiento a lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “Mendoza”, de reservar en ese juzgado todos los litigios relativos a la ejecución del plan de saneamiento de aquella zona hídrica.

    Frente a esa situación, Armella ordenó, en febrero último, la clausura del establecimiento y el cese total de actividades en el predio en cuestión, y dispuso el secuestro de maquinarias con las que en el lugar se realizaban las perforaciones.

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