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    El Centro de Información Judicial (CIJ) fue creado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la Acordada N° 17/2006 y disuelto por la Acordada N° 10/2025, que crea este repositorio histórico para conservar sus contenidos. Los fallos de los tribunales Federales y Nacionales se publican en este sitio web.
    Viernes, 30 de diciembre de 2011 | Fuente: Archivo CIJ

    El Máximo Tribunal rechazó recursos de imputados por delitos de lesa humanidad

    De esta manera, la Corte Suprema de Justicia ratificó la prisión preventiva ordenada a imputados en diversas causas. Asimismo, el tribunal no hizo lugar a planteos de recusación de jueces

    La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió rechazar el recurso extraordinario interpuesto por la defensa de Miguel Tomás Garbi, quien cuestionó la decisión del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santiago del Estero –que actuó como Cámara Federal de Apelaciones en lo Penal- de prorrogar su prisión preventiva por estar acusado por delitos de lesa humanidad.
     
    En el marco del expediente G.373.XLVII,  los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni consideraron inadmisible la presentación realizada, de acuerdo con el art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
     
    Garbi fue acusado de varios delitos calificados como de lesa humanidad, registrados durante el último gobierno militar; el imputado se encuentra afectado a varios expedientes judiciales, entre ellos la causa conocida como “Muza Azar”.
     
    Asimismo, en el expediente T283 XLVII, el Máximo Tribunal rechazó la queja por recurso extraordinario denegado presentada por la defensa de Eros Amilcar Tarela, quien venía cuestionando la decisión de la sala III de la Cámara Federal de Apelaciones de la Plata, que revocó la decisión del juez de grado que había ordenado el cese de prisión preventiva del nombrado.
     
    Los ministros Lorenzetti, Highton de Nolasco, Petracchi, Maqueda y Zaffaroni, consideraron que la presentación resultaba inadmisible –art. 280 del CPC y CN-.
     
    Tarela está imputado por diferentes hechos de privación ilegal de la libertad y tormentos ocurridos durante el último gobierno militar, calificados como de lesa humanidad.
     
     
    Rechaza recusación de jueces
     
    La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió rechazar dos quejas por recursos extraordinarios denegados en sendas causas donde, en el fondo del asunto, las partes cuestionaban el pronunciamiento que no había hecho lugar al planteo de recusación de los jueces.
     
    En uno de los casos, expediente D.355.XLVII, la defensa de Guillermo Roberto Docters recurrió la decisión de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata que había rechazado el planteo de recusación de los jueces Schiffrin, Compareid, Reboredo y Pacilio, con base en que éstos habían intervenido previamente en el “juicio por la verdad”, en una de las tantas causas que tramitan ante la justicia federal de La Plata.
     
    Para así decidir los jueces Lorenzetti, Highton de Nolasco, Petracchi, Zaffaroni y Argibay consideraron que la presentación resultaba inadmisible –art. 280 del CPC y CN-, mientras que el ministro Maqueda entendió que el escrito de interposición no cumplía con el requisito de fundamentación autónoma.
     
    En la otra causa, expediente S561.XLVII, el Máximo Tribunal rechazó la queja de la defensa de Enrique Braulio Olea e Hilarion de la Pas Sosa, que en el fondo del asunto cuestionó el pronunciamiento que no hizo lugar al planteo de recusación de los jueces Orlando Coscia y Eugenio Krom, para integrar el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Neuquén. En la causa nº731/2010 se investiga la comisión de hechos calificados como delitos de lesa humanidad ocurridos durante el último gobierno militar.
     
    Así lo decidieron los ministros Highton de Nolasco, Petracchi, Zaffaroni y Argibay, quienes consideraron que la presentación resultaba inadmisible –art. 280 del CPC y CN. Los ministros Lorenzetti y Maqueda entendieron que el escrito de interposición no refutaba todos y cada uno de los fundamentos de la sentencia apelada.
     
    Informe de prensa Nº 120 - Buenos Aires, 27 de diciembre de 2011      

     

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