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    El Centro de Información Judicial (CIJ) fue creado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la Acordada N° 17/2006 y disuelto por la Acordada N° 10/2025, que crea este repositorio histórico para conservar sus contenidos. Los fallos de los tribunales Federales y Nacionales se publican en este sitio web.
    Martes, 29 de noviembre de 2011 | Fuente: Archivo CIJ

    Apremios ilegales: la Corte hizo lugar a una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

    La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó una sentencia de prescripción y aceptó un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que consideró que era un caso de apremios ilegales que debía ser investigado

    En el acuerdo de este martes, la Corte Suprema de Justicia de la Nación por mayoría, hizo lugar al recurso de revocatoria de la parte querellante en los autos “D. 1682 Derecho René Jesús s/incidente de prescripción de la acción penal”.

    En consecuencia, se dejó sin efecto la sentencia dictada por el Tribunal el 11 de julio de 2007 y se dispuso devolver las actuaciones para que se dé cumplimiento a lo dispuesto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos –sentencia “Bueno Alves vs Argentina” notificada a esta Corte el 21 de septiembre de 2007-, ello en el marco de la causa que tramitó ante el Juzgado de Instrucción Nº 13 y en la que se le había imputado al nombrado Derecho el delito de apremios ilegales.

    La Corte Interamericana consideró que los hechos denunciados por el señor Bueno Alves –víctima del delito reprochado a Derecho- constituía un caso de torturas y por ende una vulneración a derechos humanos, por lo que entendió que el Estado Argentino debía realizar las investigaciones para determinar las correspondientes responsabilidades que surgieran de ellas y aplicar las consecuencias que la ley prevea. Decidieron este sentido los ministros Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda (por su voto) y Eugenio Zaffaroni y Elena Highton de Nolasco. En tanto, que Carlos Fayt y Carmen Argibay entendieron que debía rechazarse la presentación.

    Informe de Prensa Nº 102  - Buenos Aires,  29 de noviembre de 2011.

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