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    El Centro de Información Judicial (CIJ) fue creado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la Acordada N° 17/2006 y disuelto por la Acordada N° 10/2025, que crea este repositorio histórico para conservar sus contenidos. Los fallos de los tribunales Federales y Nacionales se publican en este sitio web.
    Lunes, 05 de septiembre de 2011 | Fuente: Archivo CIJ

    Confirman el procesamiento del líder de Quebracho en una causa por amenazas a integrantes de la comunidad judía

    Lo resolvió la Cámara Federal. Se investiga a Fernando Esteche por impedir mediante amenazas, en el año 2006, una manifestación frente a la embajada de Irán en la Argentina. El expediente se había iniciado por una denuncia de representantes de DAIA y AMIA

    La Sala II de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal, conformada por Horacio Cattani, Martín Irurzun y Eduardo Farah, confirmó el procesamiento de Fernando Luis Esteche, líder de la agrupación Quebracho, en una causa en la que está acusado por impedir mediante amenazas una manifestación de representantes de la comunidad judía frente a la embajada de Irán en la Argentina, hecho ocurrido el 23 de agosto de 2006.

    El tribunal, además, dejó sin efecto el agravante del uso de armas que se le atribuyó a Esteche, en el auto de procesamiento dictado oportunamente.

    Según la resolución de Cámara, "las evidencias desarrolladas conducen a sostener que Esteche participó de un comportamiento concreto –aquél referido por los testigos y corroborado mediante las filmaciones citadas- mediante el cual hizo uso de amenazas con el propósito de obligar a otros a hacer, no hacer o tolerar algo contra su voluntad (artículo 149 bis segundo párrafo del Código Penal)".

    "Sin embargo, con el cuadro actual, no es posible afirmar que para esa acción puntual haya empleado armas, tal como lo exige el agravante del artículo 149 ter, inciso 1°, del código de fondo", agrega.

    Y concluye que, como consecuencia de la modificación en el encuadre legal de los hechos, "corresponde que, devueltas las actuaciones, el instructor se expida acerca de la competencia de este fuero para seguir entendiendo en el proceso".

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