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    Viernes, 08 de julio de 2011 | Fuente: Archivo CIJ

    Rechazan pedido para que condenados puedan votar en elecciones porteñas

    El Tribunal Superior de la Ciudad de Buenos Aires rechazó in limine un recurso de amparo que solicitaba que personas condenadas y sancionadas voten en los comicios del próximo domingo

    El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires rechazó in limine un recurso de amparo contra el Gobierno de la Ciudad que pidió ordenar las medidas necesarias para que ejerzan el voto las personas condenadas y sancionadas, y disponer su incorporación en los padrones electorales correspondientes a las elecciones del 10 de julio y a todos los futuros comicios.

    El amparo caracterizó a la exclusión del derecho de voto de los condenados como una discriminación “a un grupo vulnerable” y a tal condición como “una categoría sospechosa”, y solicitó declarar la inconstitucionalidad de normas del Código Electoral Nacional y del Código Penal.

    En su voto, el Presidente del Tribunal, Dr. Luis Lozano dijo que el planteo fue realizado fuera del plazo que permite realizar reclamos por exclusión del padrón, “que se encuentra ampliamente vencido y que no ha sido tachado de inconstitucional por la actora” del recurso de amparo.

    Por otra parte, el Dr. Lozano expresó que en relación a elecciones posteriores “desaparece el requisito de actualidad e inminencia necesario para que proceda la vía elegida” y aconsejó un debate pleno que amerita la importancia del tema.
    El Dr. José Osvaldo Casás, la Dra. Alicia Ruiz y la Dra. Ana María Conde adhirieron al voto del Dr. Lozano.

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