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    El Centro de Información Judicial (CIJ) fue creado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la Acordada N° 17/2006 y disuelto por la Acordada N° 10/2025, que crea este repositorio histórico para conservar sus contenidos. Los fallos de los tribunales Federales y Nacionales se publican en este sitio web.
    Martes, 31 de mayo de 2011 | Fuente: Archivo CIJ

    La Corte Suprema dejó firme condena contra Monzer Al Kassar

    Lo hizo al declarar improcedente un recurso planteado por su defensa. Al Kassar había sido condenado por un juzgado federal y luego la Cámara Federal le elevó la pena a 6 años de prisión por falsificación de documentos públicos

    La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró improcedente el recurso extraordinario interpuesto por la defensa de Monzer Al Kassar contra el fallo de la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, que confirmó parcialmente la condena del Juzgado Federal Nº 2 y aumentó de 5 a 6 años la pena de prisión que le fuera impuesta por el delito de falsedad ideológica de documentos migratorios y de identidad.

    El 9 de setiembre de 2009, el tribunal de primera instancia condenó a Al Kassar por considerarlo coautor del delito de falsedad ideológica del certificado de admisión como residente permanente Nº 237.847, de la Carta de Ciudadanía 933, de DNI para extranjeros y nacionales y de la cédula y pasaporte para naturalizados. Posteriormente, la Cámara modificó la calificación legal considerando al nombrado como partícipe necesario del delito de falsedad ideológica de un certificado de admisión como residente permanente y coautor de la falsedad ideológica de la carta de ciudadanía, de los DNI para extranjeros y nacionales, de la cédula de identidad y pasaporte para naturalizados. Asimismo rechazó el planteo de prescripción de la acción penal.

    Los ministros Lorenzetti, Highton de Nolasco, Petracchi, Maqueda, Zaffaroni y Argibay juzgaron que el recurso presentado era inadmisible (artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) y, en consecuencia, lo declararon improcedente.

    Informe de Prensa Nº 29  Buenos Aires,  31 de mayo de 2011.

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