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    El Centro de Información Judicial (CIJ) fue creado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la Acordada N° 17/2006 y disuelto por la Acordada N° 10/2025, que crea este repositorio histórico para conservar sus contenidos. Los fallos de los tribunales Federales y Nacionales se publican en este sitio web.
    Miércoles, 25 de mayo de 2011 | Fuente: Archivo CIJ

    La causa por las inundaciones del 2003 seguirá adelante

    Lo resolvió la Corte Suprema provincial. Lo hizo al rechazar un planteo del Gobierno. Es por el resarcimiento reclamado por los damnificados. Para los jueces, no es necesario aguardar a que se expida la justicia penal

    La resolución de queja presentada por la Provincia de Santa Fe, ante la máxima instancia judicial provincial pone fin-en el ámbito local- a la controversia suscitada por el trámite que deben seguir las causas donde se pretende un resarcimiento económico por los daños causados como consecuencia de la inundación acaecida en el año 2003.

    En dicha resolución el Máximo tribunal local entendió razonable que las causas civiles donde la pretensión resarcitoria esta fundada en la responsabilidad de la Provincia con fundamento en el artículo 1.112 del Código Civil, prosigan sin necesidad de esperar que se resuelvan previamente, las cuestiones penales planteadas como consecuencia de los acontecimientos mencionados.

    Para ello, el Tribunal tuvo en cuenta primordialmente el tiempo transcurrido desde el hecho al cual se le atribuye ser la causa de las daños que se reclaman.

    Lo decidido implica activar las causas civiles sin prescindir de lo que pudiera resolver la justicia penal, con la posibilidad de la provincia de eventualmente y en su caso, ejercer la acción de repetición contra los funcionarios responsables.

    La decisión fue tomada por unanimidad, con los votos concordantes de sus Ministros, Dres. Gutiérrez, Falistocco, Spuler, Netri, Gastaldi y Erbetta.
     
     

    Santa Fe,  24 mayo de 2011.

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