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    Miércoles, 09 de febrero de 2011 | Fuente: Archivo CIJ

    Fallo ordena al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires brindar asistencia alimentaria a una indigente

    Lo dispuso la jueza porteña Lidia Lago, tras un amparo iniciado por una mujer, de 54 años. La magistrada exigió cubrir las necesidades que su estado de salud requiera “hasta tanto supere la emergencia alimentaria en que se encuentra”. Fallo completo

    La jueza Lidia Lago, titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 7 de la Ciudad de Buenos Aires, ordenó al Gobierno porteño brindar asistencia alimentaria a una indigente.

    Así, la magistrada hizo lugar a una acción de amparo, donde la mujer aseguró que estaban afectados sus derechos y garantías constitucionales a la salud y a la dignidad, al no reconocérsele su derecho a una alimentación adecuada, al negársele la inclusión en el programa Ciudadanía Porteña o en alguno de los programas gubernamentales vigentes a pesar de persistir su situación de carencia nutricional.

    Ante ello, solicitó que se la incorpore a dicho programa para que se le entregue el dinero suficiente para adquirir los alimentos necesarios para satisfacer la dieta alimentaria prescripta, teniendo en cuenta su situación socio-económica y estado de salud.

    En su presentación, la mujer indicó que tiene 54 años de edad, está desempleada y sin posibilidades de insertarse al mercado laboral, debido a su edad y estado de salud. Según un certificado médico incorporado a la causa, se indicó que tiene antecedentes de HTA (hipertensión arterial), hipertrigliceridemia, gastritis crónica, dispepsia tipo dismotilidad, desnutrición, anemia y artrosis cervical y lumbar con escoliosis, por lo que el Ministerio de Salud del GCBA le emitió certificado de discapacidad.

    "Ante la situación de extrema vulnerabilidad en materia alimentaria que se verifica en autos respecto de la amparista, no sólo al tiempo de promover el presente amparo sino en la actualidad, en la medida en que no ha podido ser superada pese a la cautelar dictada oportunamente en autos en tal sentido, es que corresponde admitir la presente acción de amparo, ordenando que el GCBA demandado asegure las exigencias alimentarias que el estado de salud de la actora requiere por prescripción médica, sea a través de su inclusión en el Programa Ciudadanía Porteña - Con Todo Derecho o en cualquier otro programa asistencial acorde con sus necesidades nutricionales o mediante la provisión de fondos suficientes para su satisfacción, hasta tanto supere la emergencia alimentaria en que se encuentra", indicó la jueza. 

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