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    Martes, 28 de diciembre de 2010 | Fuente: Archivo CIJ

    Liberatori, sobre la toma de Soldati: "Nunca estuve de acuerdo con la orden de desalojo violento"

    La jueza porteña que actuó en la toma del Parque Indoamericano y ordenó la "pacificación" del predio también sostuvo, en diálogo con el CIJ, que "los hechos de Soldati deben ser encarados desde los derechos sociales”. Entrevista completa
    • Archivo:  Declaran que la competencia por el desalojo del Parque Indoamericano es de la Justicia Contravencional
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    Liberatori, sobre la toma de Soldati: Nunca estuve de acuerdo con la orden de desalojo violento

    El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires acaba de fallar que la competencia sobre los hechos acontecidos en el Parque Indoamericano de Villa Soldati corresponden a la competencia de la justicia en lo penal y contravencional de la Ciudad (ver nota). Como consecuencia, la jueza en lo Contencioso Administrativo Elena Liberatori, que estaba actuando en la causa, fue separada del expediente.

    En diálogo con el CIJ, la jueza Liberatori indicó que “hay dos formas distintas de enfocar el problema de Soldati: hay quienes ven en esas personas unos delincuentes y en esos hechos delitos, y hay quienes abordamos esa problemática desde el punto de vista de los derechos sociales. Nuestra Constitución porteña, que es una verdadera joya jurídica, pone un especial énfasis en los pobres, en los sectores más vulnerables. En ese sentido, la visión de los hechos de Soldati debe ser encarada desde los derechos sociales para estar en consonancia con la Constitución de la Ciudad”.

    Siguiendo con su argumento la jueza señaló que “el denominado parque, que era un lugar lleno de escombros y yuyales, es un predio del dominio público, y el dominio público no es objeto de usurpación. En nuestro punto de vista, no es un hecho delictivo y muchas de las personas que vimos cuando hicimos la recorrida por el predio reconocían que estaban en un lugar público y lo que querían era expresar de ese modo el desamparo en el que viven”.

    “Yo nunca estuve de acuerdo con la orden de desalojo violento. En la Ciudad de Buenos Aires existe desde el año ’96 un decreto que establece concretamente el procedimiento a seguir en estos casos, y a lo largo de estos años siempre se siguió ese procedimiento”, agregó la magistrada.

    Con relación a la problemática habitacional, tema recurrente del fuero al cual pertenece, Liberatori aseguró que “los casos de amparos de gente sin techo se han canalizado a través de subsidios, no de respuestas definitivas. Ojalá que a raíz de estos últimos hechos haya una mayor atención de los gobiernos para una solución de la situación de la gente sin vivienda”.

    Sobre el balance del año en el que el fuero en lo Contencioso Administrativo cumple su décimo aniversario, la jueza destacó los fallos sobre matrimonio igualitario y el cambio de documento para Florencia de la V.

    “El caso de Florencia de la V, que tramitó en mi juzgado, en donde se le reconoció su derecho a la identidad sin ningún condicionamiento, fue importante porque hasta ahora los antecedentes que había sobre el tema supeditaban el cambio de documento a la operación física de la persona. Yo defiendo la dignidad del ser humano y entiendo que nadie puede condicionar a otro en nada”, afirmó y agregó que “me parecería importante que el año que viene salga la ley pendiente sobre ‘Identidad de Género’”.

    “Es parte de la actividad de los jueces anticiparse a las leyes. Esto sucede acá y en otras partes del mundo. La ley actual de discapacidad en los Estados Unidos obedeció a una actividad judicial de los años ’70. En la Ciudad de Buenos Aires, la ley de Emergencia Habitacional vino gracias a un intenso trabajo judicial en el fuero con respecto a personas sin techo. Hay otro ejemplo con las primeras decisiones sobre fertilización asistida, en donde una jueza de la Ciudad sacó uno de los primeros fallos sobre el tema, y ahora acaba de aprobarse una ley en la Provincia de Buenos Aires que va en ese sentido”, concluyó la jueza.

    Mariano Przybylski
    mprzybvlski@csjn.gov.ar

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