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    Viernes, 24 de diciembre de 2010 | Fuente: Archivo CIJ

    Rechazan juzgar en la Argentina crímenes del Gobierno chino

    Lo resolvió la Cámara Federal porteña. Una asociación pretendía que la Justicia argentina juzgara delitos de lesa humanidad cometidos por el Estado asiático. Pese al rechazo, los jueces reivindicaron el principio de “Justicia Universal”. Fallo completo

    La Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal confirmó la decisión del juez Julián Ercolini de archivar una causa en donde una Asociación Civil pretendía que la Justicia argentina juzgara crímenes de lesa humanidad cometidos por el Gobierno de China.

    Sin embargo, los argumentos de los camaristas fueron distintos a los del juez de instrucción. Ercolini había rechazado la investigación por considerar que la Justicia argentina no tenía jurisdicción para intervenir porque los hechos no se cometieron en el territorio nacional.

    Los camaristas, en cambio, avalaron el principio de “Justicia Universal”, que dice que los crímenes de lesa humanidad afectan a la comunidad internacional toda y pueden ser juzgados en cualquier país del mundo si el Estado en donde se perpetraron no toma esa responsabilidad.

    Pese a eso, los jueces indicaron que se ha comprobado en la causa que existe en la justicia de España un expediente en donde se juzgan exactamente los mismos hechos y a las mismas personas que en la denuncia formulada en la Argentina. Esa es, para los magistrados, la razón por la cual no se puede abrir una nueva causa en el país, porque se estaría violando la garantía constitucional de la persecución penal múltiple (nem bis in idem).

    “En el caso concreto, y sin necesidad de efectuar un examen profundo y exhaustivo, surgen palmarios los presupuestos que tornan operativa la garantía analizada, por cuanto ambos procesos, tanto el que tramita en jurisdicción española como el que se sustancia en este Fuero, involucran a las mismas personas, por idénticos acontecimientos, y tienen como perspectiva la aplicación de una sanción penal”, concluyeron los camaristas.

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