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    El Centro de Información Judicial (CIJ) fue creado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la Acordada N° 17/2006 y disuelto por la Acordada N° 10/2025, que crea este repositorio histórico para conservar sus contenidos. Los fallos de los tribunales Federales y Nacionales se publican en este sitio web.
    Martes, 16 de noviembre de 2010 | Fuente: Archivo CIJ

    Jubilaciones: activan un mecanismo electrónico para agilizar las causas

    Es a partir de un convenio firmado este martes por el Poder Judicial y la ANSES. Se trata de un acta que habilita la gestión online de expedientes, como primera herramienta para el trámite de causas vía web con idéntica validez que el papel. Cómo funciona
    Jubilaciones: activan un mecanismo electrónico para agilizar las causas

    En el marco del convenio suscripto el 5 de agosto de 2009 entre la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el Consejo de la Magistratura del Poder Judicial, la Cámara Federal de la Seguridad Social y la Administración Nacional de la Seguridad (ANSES), sobre Cooperación e Intercambio Electrónico de Información, este martes se firmó un Acta de Coordinación Específica, que regirá el Sistema de “Inicio y Gestión de Causas Previsionales entre el Fuero Federal de la Seguridad Social y la Administración Nacional de la Seguridad Social”.

    Este convenio habilita la gestión electrónica de expedientes previsionales y se constituye en la primera herramienta para la tramitación vía Web de causas con idéntica validez jurídica que cuenta el trámite en soporte papel.

    El desarrollo de los sistemas y procedimientos ha sido efectuado por las áreas técnicas del Poder Judicial de la Nación y la ANSES, constituyéndose en una herramienta de última tecnología que permitirá la abreviación de los trámites y la menor utilización de papel, ambos objetivos de especial valor en el contexto actual de colapso de la justicia previsional.

    El sistema permite la confección del inicio y traslado de la demanda y estará destinado a facultar a los letrados de la parte actora a registrar la minuta de inicio de la demanda, en atención al escrito que la instrumenta y la documental asociada (ambos documentos digitalizados) para correr traslado electrónico de la causa a la ANSES.

    Asimismo, es objetivo del sistema permitir a la ANSES ofrecer la contestación de la demanda por la misma vía. En ambos casos, se prevé la gestión de las notificaciones que correspondan por medios electrónicos.

    Este sistema será puesto a disposición de los letrados legitimados en las causas a partir del 1° de febrero de 2011, una vez completadas las pruebas de funcionamiento entre ambos organismos.

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