La Cámara Federal porteña ordenó profundizar investigación por los "vuelos de la muerte"
La Sala II de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal declaró la nulidad de la resolución que dispuso el procesamiento y prisión preventiva del piloto Julio Alberto Poch, acusado de conducir aviones desde los que se arrojaron al mar y al Río de la Plata a detenidos en la ESMA, y ordenó profundizar la investigación.
Según el fallo, en primera instancia se señaló a Poch por su “participación necesaria en la totalidad de los hechos que tuvo por probados acaecieron en la ESMA, por considerarlo -genéricamente- integrante del Grupo de Tareas 3.3 con base operativa en esa Escuela de Mecánica de la Armada. A partir de ello, le atribuye intervención en: a) la comisión del delito de privación ilegal de la libertad en perjuicio de personas liberadas y/o muertas presuntamente como resultado de un enfrentamiento, y b) también como “tripulante” de los denominados vuelos de la muerte; sin que al respecto haya formulado un examen de la cuestión que permita concluir en la forma en que lo hizo”.
“Sobre el particular, advertimos que en ambos supuestos la atribución de responsabilidad en los casos en que, como en el de autos, no surge mínimamente acreditada la vinculación del imputado integrando el citado Grupo de Tareas, el examen de su responsabilidad debe efectuarse atendiendo a parámetros concretos, distintos de la afirmación genérica de su condición de integrante del Grupo de Tareas 3.3/2. y/o de su participación en los vuelos de la muerte, estudio que no surge realizado por el Sr. Magistrado instructor”, añadió.
Ante ello, los camaristas Martín Irurzun y Eduardo Farah indicaron al juez de primera instancia que “habrá de realizar las medidas necesarias y dictar un nuevo pronunciamiento en relación a la situación de Julio Alberto Poch, ajustado a los términos que fueran desarrollados”.


