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    Viernes, 08 de octubre de 2010 | Fuente: Archivo CIJ

    Papel Prensa: ratifican que está suspendido el cese de la intervención judicial en la empresa

    La Cámara Comercial aclaró que la ejecución de la resolución que había dejado sin efecto el nombramiento de un coadministrador está en suspenso, hasta que se pronuncie sobre el recurso extraordinario presentado contra esa disposición. Resolución completa

    La Sala C de la Cámara Nacional en lo Comercial aclaró que se encuentra suspendida la ejecución de resolución que dispuso el cese de la intervención judicial de Papel Prensa SA, hasta tanto se pronuncie sobre el recurso extraordinario presentado por el Estado nacional contra esa disposición.

    En la resolución, el tribunal señaló: "En cuanto a lo peticionado en el acápite 8 del escrito a despacho, habida cuenta que el punto ha suscitado divergencias en el seno de la Corte Suprema (ver disidencias de los Dres. Fayt y Petracchi en Fallos 323:3667, 324:3599 y otros) se estima pertinente aclarar que, conforme la tesitura que ha prevalecido "la interposición del recurso extraordinario federal suspende la ejecución de la sentencia hasta tanto el tribunal se pronuncie con respecto a su concesión o denegación".

    Por tanto, agregó, “conforme a este último criterio este Tribunal considera prudente hacer saber que no atenderá peticiones tendientes a la ejecución del pronunciamiento de fs. 2.151/2.171 hasta tanto medie decisión sobre el recurso federal en trámite”.

    Cabe recordar que el juez comercial Eduardo Malde había sostenido que la decisión de la Cámara Comercial que dispuso el cese de la designación de un coadministrador en la empresa “aún no resulta posible a la fecha tornar operativa la decisión de la Cámara de cese de la intervención”.

    En ese sentido, Malde había asegurado que “mientras no se encuentre agotado el plazo que tiene el Estado Nacional y la CNV  para la interposición de recurso extraordinario no puede considerarse firme lo decidido por la Alzada, dado que a criterio del suscripto la eventual interposición de ese recurso tendría efecto suspensivo de lo decidido hasta tanto la Cámara no se pronuncie por el rechazo u otorgamiento de la apelación extraordinaria”.

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