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    Lunes, 06 de septiembre de 2010 | Fuente: Archivo CIJ

    Ordenan a obra social cubrir tratamiento de fertilización asistida

    Lo dispuso el juez de La Plata Luis Arias como medida cautelar. En el caso se determinó que la extracción de células del futuro bebé permitirá que su hermano, de 4 años y enfermo de leucemia, pueda realizarse un trasplante de médula. Fallo completo

    El Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº1 de La Plata, a cargo del juez Luis Arias, ordenó a una obra social, como medida cautelar, garantizar la cobertura integral de un tratamiento de fertilización asistida para un posterior trasplante de médula ósea de un menor que padece leucemia inoblástica.

    Se trata de un recurso presentado contra el Instituto de Obra Médico Asistencial de la Provincia de Buenos Aires.

    En el caso, una pareja aseguró que, tras realizar la búsqueda de células compatibles por medio del INCUCAI, tanto en bancos nacionales como extranjeros, el resultado fue negativo. Asimismo, sotuvieron que por ello la única opción con posibilidad terapéutica es la realización del tratamiento, para que luego sea utilizada la sangre del cordón umbilical en la extracción de células hematopoyéticas para el trasplante.

    En su fallo, el juez indicó que el tratamiento “se presenta como el único disponible para brindar al paciente una oportunidad de sobrevivir al padecimiento que lo afecta”.

    Además, aseguró que “debe quedar en claro que en el caso de autos no nos encontramos frente a un simple procedimiento de fecundación asistida peticionado en aras del derecho a la planificación familiar sino ante un procedimiento que tiene por fin curar a un niño gravemente enfermo, conforme surge de las constancias médicas acompañadas”.

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