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    El Centro de Información Judicial (CIJ) fue creado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la Acordada N° 17/2006 y disuelto por la Acordada N° 10/2025, que crea este repositorio histórico para conservar sus contenidos. Los fallos de los tribunales Federales y Nacionales se publican en este sitio web.
    Viernes, 18 de junio de 2010 | Fuente: Archivo CIJ

    Separan a uno de los jueces de la causa ESMA por "temor de parcialidad"

    Lo resolvió el Tribuanl Oral Federal Nº 5, que hizo lugar a la recusación planteada por algunas defensas contra Oscar Hergott. Para garantizar la continuidad del juicio, lo reemplazará el cuarto juez del tribunal, Germán Castelli. RESOLUCION COMPLETA
    Separan a uno de los jueces de la causa ESMA por temor de parcialidad

    El Tribunal Oral Federal Nº5 dispuso separar al juez Oscar Alberto Hergott, integrante de ese tribunal, del juicio oral que en el que se investigan delitos de lesa humanidad cometidos durante el último gobierno militar en la Escuela Superior de Mecánica de la Armada.

    Así, los jueces Ricardo Farías, Oscar Almirante y Julio Panelo hicieron lugar a un planteo de recusación de las defensas contra Hergott, para que se apartado por “temor de parcialidad”, luego de declaraciones que realizó el juez con respecto a otra causa de lesa humanidad, en donde manifestó “la importancia que los jueces debían tener para aclarar estas cuestiones y evitar la impunidad”.

    Las defensas consideraron que las citadas expresiones de Hergott podían representar un “adelanto de opinión” en relación a cuestiones jurídicas que son o pueden llegar a ser objeto de debate en el juicio que se está llevando a cabo.

    Para hacer lugar al pedido de recusación, los jueces que debieron resolver la cuestión destacaron la figura del juez imparcial que exige el artículo 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el 14.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, entre otros, que tienen jerarquía constitucional.

    “La finalidad de la recusación o la inhibición tiene que ver con salvaguardar la garantía del juez imparcial –y específicamente la imparcialidad intrajuicio- el derecho de defensa y la transparencia necesaria e inherente al debido proceso legal. Es decir, asegurarles a las partes que el magistrado que entenderá en el trámite y resolución del sumario valorará a efectos de dictaminar, solamente las probanzas acumuladas en la etapa del proceso en la que le toque intervenir, dejando de lado cualquier otra motivación que pudiera decidir la cuestión a favor o en contra de alguna de las partes legalmente constituidas, ya sea con o sin intencionalidad”, explicaron los jueces del tribunal.

    “Las expresiones que se cuestionan respecto del magistrado recusado, contemporáneas a la realización del juicio de las características e importancia institucional que reviste el desarrollo en el marco de estas actuaciones, de análoga materia a aquel al que aludiera el doctor Hergott (…) constituyen un elemento objetivo suficiente para crear en las defensas un temor racional de prejuzgamiento, dadas las cuestiones jurídicas que eventualmente habrán de ser resueltas en el marco del debate”, agregaron los jueces en su resolución.

    Además, los magistrados concluyeron que “ante la necesidad de aventar cualquier sospecha de parcialidad respecto de la actuación de uno de sus integrantes, debe resguardarse la garantía de imparcialidad del órgano juzgador, base del principio constitucional del debido proceso legal”.

    Para garantizar la continuidad del debate, Hergott será reemplazado por el cuarto juez del tribunal, Germán Andrés Castelli.

    Todas las etapas cumplidas en el debate mantienen su valor.

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