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    Viernes, 07 de mayo de 2010 | Fuente: Archivo CIJ

    Apartan a abogados en la causa por hermanos Noble Herrera

    Lo decidió la jueza Arroyo Salgado. Es porque consideró que actuaban de manera conjunta en defensa de la imputada y de las presuntas víctimas. Además, ordenó que se investigue a los profesionales por el posible delito de prevaricato

    La jueza Sandra Arroyo Salgado, titular del  Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional Nº 1 de San Isidro, separó a dos abogados de la causa por hermanos Marcela y Felipe Noble Herrera, por considerar que actuaban conjuntamente en representación de la imputada y las presuntas víctimas.

    La decisión es la primera que toma la jueza en el presente expediente, luego de que le fuera otorgada la competencia por la Cámara de Casación Penal, que ya había advertido sobre la irregularidad de los abogados Jorge Eduardo Anzorreguy y Horacio Marcelo Silva, finalmente separados de la causa.

    Después de haber analizado el expediente en su totalidad, la magistrada concluyó que “ambas asistencias técnicas han efectuado presentaciones en forma concomitante –con cargo de igual fecha y hora- con idéntico objeto y alcance, que sólo se distinguen por la identidad de los signatarios”.

    “No sólo se aprecia la actuación irregular de Jorge Eduardo Anzorreguy y Horacio Marcelo Silva -de la que diera cuenta la Cámara de Casación- sino también que toda la asistencia letrada de la parte imputada y de quienes se presentan como legítimos interesados habría actuado en forma coordinada e indistinta a la hora de materializar sus presentaciones obrantes en la causa”, agregó la jueza.

    En base a esos argumentos, y a lo reglado por los artículos 109 y 113 del Código Procesal Penal de la Nación, la jueza resolvió separar de la causa a Jorge Eduardo Anzorreguy y Horacio Marcelo Silva.

    Asimismo, Arroyo Salgado dispuso que se extraigan testimonios para ser enviados al juzgado en turno, para que evalúe la posible comisión por parte de los abogados separados del delito de prevaricato (art. 271 del Código Penal).

    Además, la jueza intimó a la querella (Abuelas de Plaza de Mayo) para que designe a sólo dos de sus cuatro abogados que venían interviniendo en la causa, para que la patrocinen de ahora en adelante.

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