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    El Centro de Información Judicial (CIJ) fue creado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la Acordada N° 17/2006 y disuelto por la Acordada N° 10/2025, que crea este repositorio histórico para conservar sus contenidos. Los fallos de los tribunales Federales y Nacionales se publican en este sitio web.
    Martes, 27 de abril de 2010 | Fuente: Archivo CIJ

    Rechazan la exención de prisión de la modelo colombiana acusada de narcotráfico

    Lo resolvió la Sala B de la Cámara en lo Penal Económico. De esa manera, los jueces Marcos Grabivker y Roberto Hornos confirmaron el fallo que no hizo lugar al pedido de la mujer, acusada de integrar una red de tráfico de estupefacientes. Fallo completo

    La Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico confirmó este martes la resolución que rechazó el pedido de exención de prisión realizado por Angie Sanclemente Valencia, la modelo colombiana acusada de contrabando de estupefacientes.

    El juez en lo penal económico Marcelo Aguinsky había dictado la orden de captura nacional e internacional contra la modelo en diciembre del año pasado.

    Ante la apelación que hizo la defensa de Sanclemente, el fallo de la Sala B de la Cámara, firmado por Marcos Grabivker y Roberto Hornos, estimó que “si bien hasta el momento se han individualizado otros partícipes  del hecho investigado en la causa, la actividad instructoria continúa en pleno trámite, situación que permite estimar fundada la posibilidad de que, si la imputada permanece en libertad, pueda obstaculizar el avance de la pesquisa y/o ponerse de acuerdo con aquellas otras personas para impedir la acabada acción de la justicia”.

    Para respaldar la negativa a la eximición de prisión, los camaristas adujeron que Sanclemente “no tendría una residencia fija en este país y de la causa principal no surgen elementos fehacientes que den cuenta que aquélla posea un trabajo lícito, estable y verificable. Por estos motivos se configuraría la situación de peligro de fuga que se prevé por el artículo 319 del C.P.P.N., la cual no puede evitarse mediante la adopción de alguna otra medida de resguardo cautelar”.

    En la causa, se investiga el intento de exportación clandestina de sustancia estupefaciente, que por la cantidad se encontraría destinada a ser comercializada. El expediente se inició luego de que fuera descubierta en el aeropuerto de Ezeiza una valija con 55 kilos de cocaína que iba a ser despachada a Cancún.

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