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    El Centro de Información Judicial (CIJ) fue creado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la Acordada N° 17/2006 y disuelto por la Acordada N° 10/2025, que crea este repositorio histórico para conservar sus contenidos. Los fallos de los tribunales Federales y Nacionales se publican en este sitio web.
    Viernes, 23 de abril de 2010 | Fuente: Archivo CIJ

    Lecciones de redacción: leísmo, laísmo y loísmo

    En el documento adjunto encontrará la primera lección sobre leísmo, laísmo y loísmo del módulo 8 de redacción para magistrados y funcionarios judiciales. El envío de la lección por correo electrónico se realiza todos los viernes

    Lecciones de redacción para magistrados y funcionarios judiciales

    Lección Nº 28
    (Módulo Nº 8: leísmo, laísmo y loísmo)

     En esta lección analizaremos los fenómenos conocidos como leísmo, laísmo y loísmo.


    Leísmo

    En español, los pronombres de objeto directo para la tercera persona son lo, los, la y las (masculino singular y plural y femenino singular y plural, respectivamente) y los pronombres de objeto indirecto para la tercera persona son le y les (singular y plural, respectivamente). 

    -¿Leíste la última novela de Saramago?
     -No, todavía no la leí.            
    (la: OD femenino singular sustituye a la última novela de Saramago)

    Voy a hablar con Joaquín pero todavía no lo llamé para organizar un encuentro.
    (lo: OD masculino singular sustituye a Joaquín)

    Ayer visitó a su madre y le dijo que todo estaba acordado.
    (le: OI masculino singular sustituye a su madre)

    Sin embargo, en el uso no siempre se siguen estas reglas y se producen los fenómenos de leísmo, laísmo y loísmo, que consisten básicamente en la sustitución de ciertos pronombres personales de tercera persona por otros también de tercera.

    El leísmo es el empleo de le (por lo o la) y de les (por los o las) en la función de objeto directo.


    Según la Real Academia Española el único caso de leísmo correcto es el referido a una persona masculina en singular. Por ejemplo:

    a) Juan estaba contento porque hoy le felicitaron por su cumpleaños.
     No obstante, este empleo no es recomendable. Es preferible la frase:
     Juan estaba contento porque hoy lo felicitaron por su cumpleaños.

    Asimismo, son incorrectos el leísmo femenino, el plural y el de cosa.
    b) En este ejemplo le remite a una persona, pero femenina:
     A ella le miran mucho por la calle. (Incorrecto)
     (Correcto: A ella la miran mucho por la calle.)

    c) En esta oración le remite a una persona masculina, pero plural:
    Los niños estaban contentos pues hoy les felicitaron por sus cumpleaños.
    (Incorrecto)
     (Correcto: Los niños estaban contentos pues hoy los felicitaron por sus cumpleaños.)

    d) En este ejemplo, le remite a una cosa:
     No sé dónde está tu abrigo, tal vez le dejaste encima de la silla. (Incorrecto)
     (Correcto: No sé dónde está tu abrigo, tal vez lo dejaste encima de la silla.)


    El leísmo es poco habitual en nuestro país y en Hispanoamérica y se concentra sobre todo en ciertas regiones de España.


    Laísmo

    El  laísmo es el empleo de la y las como objeto indirecto femenino en lugar de le y les. Si bien en nuestro país su uso no es muy habitual, hay que recordar que siempre es incorrecto.

    A ella, no la hables. (Incorrecto)
    (Correcto: A ella, no le hables.)


    Loísmo

    El loísmo es el empleo de lo y los como objeto indirecto masculino en lugar de le y les. Se lo considera vulgar, también es poco frecuente en Argentina y, al igual que el laísmo, siempre es incorrecto.

    Lo dieron un golpe en la cabeza. (Incorrecto)
    (Correcto: Le dieron un golpe en la cabeza.)


    Próxima lección:

    En el siguiente email continuaremos con el análisis de estos fenómenos y propondremos ejercitación sobre el tema.


    Para tener en cuenta:

    (En esta sección planteamos algunos errores o dudas frecuentes en el uso de ciertos términos) 
    No existe la palabra “insusceptible”, que puede encontrarse en algunos escritos y que parece derivar de susceptible. Lo correcto sería decir no susceptible.


    Referencias bibliográficas:

    Academia Argentina de Letras, Dudas idiomáticas frecuentes, Buenos Aires, Academia Argentina de Letras, 2000.

    Belluscio, Augusto C., Técnica jurídica para la redacción de escritos y sentencias, Buenos Aires, La Ley, 2006.

    García Negroni, María Marta, Laura Pérgola y Mirta Stern, El arte de escribir bien en español. Manual de corrección de estilo, Buenos Aires, Santiago Arcos, 2004.

    Hall, Beatriz, Ricardo Santoni y Mirta Stern, Comunicación verbal y escrita. Introducción a la expresión oral y escrita. Aspectos gramaticales, textuales y discursivos del discurso académico, Buenos Aires, L.E.U.K.A., 2000.

    Manual de estilo y ética periodística, La Nación, Buenos Aires, Espasa-Calpe, 1997.

    Podlubne, Judith, Expresión escrita (con particular referencia a la redacción de sentencias judiciales), Carrera de Posgrado de Especialización para la Magistratura. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales del Rosario. Pontificia Universidad Católica Argentina.

    Real Academia Española, Diccionario Panhispánico de Dudas, Madrid, Espasa-Calpe, 2005.


    Consultas:

    Si quiere realizar consultas o desea hacer sugerencias, puede enviar un mensaje a la dirección de correo: sgaldos@csjn.gov.ar.


    Recomendación:

    Cuando tenga dudas de orden gramatical o necesite información sobre el uso de alguna palabra o expresión, le recomendamos consultar en Internet el Diccionario panhispánico de dudas. Se encuentra disponible en la siguiente Página Web: http://buscon.rae.es/dpdI.


    Responsable Lecciones de redacción
    Sebastián Galdós (Licenciado en Letras - UBA)
    sgaldos@csjn.gov.ar
    Centro de Información Judicial
    Corte Suprema de Justicia de la Nación
    Tel. (54) 11 4370-4600 int. 4576
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