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    El Centro de Información Judicial (CIJ) fue creado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la Acordada N° 17/2006 y disuelto por la Acordada N° 10/2025, que crea este repositorio histórico para conservar sus contenidos. Los fallos de los tribunales Federales y Nacionales se publican en este sitio web.
    Viernes, 26 de diciembre de 2008 | Fuente: Archivo CIJ

    La Justicia federal aclara alcances sobre denuncia de Elisa Carrió

    El Juzgado en lo Criminal y Correccional que instruye el caso contra funcionarios y ex funcionarios del Poder Ejecutivo de la Nación explica detalles sobre el trámite de la causa. Comunicado completo
    La Justicia federal aclara alcances sobre denuncia de Elisa Carrió

    El Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal N° 10 explica que en la causa sustanciada a partir de una denuncia de Elisa Carrió y otros contra funcionarios y ex funcionarios del Poder Ejecutivo de la Nación el 23 de diciembre último se formuló un requerimiento de instrucción por parte del fiscal del caso, fecha en la que mediante un proveído jurisdiccional se inició formalmente la causa.

    Al respecto, el juzgado entiende que ante la repercusión pública del trámite y las diversas opiniones extrajudiciales corresponde aclarar lo siguiente:
     
    • que el modelo republicano propio de la Constitución de la Nación supone un mandato supremo dirigido a los magistrados del Ministerio Público Fiscal y del Poder Judicial de darle curso a todas las denuncias formuladas, salvo supuestos que específicamente veda el Código Procesal Penal de la Nación,

    • que tras el mandato, el modelo republicano garantiza a los magistrados el cumplimiento de la función con imparcialidad, independencia y objetividad, lo cual supone una labor separada de disputas políticas, económicas y sectoriales, propias de la coyuntura,

    • que el sentido de la fase preliminar de investigación es el de recolección de pruebas, por lo que labor propia de los magistrados en dicha etapa es la de procurar evidencias que sean validas, eficaces y congruentes con la hipótesis de la denuncia,

    • que el estado incipiente de la etapa de instrucción no supone la adopción de decisiones coercitivas de restricción ambulatoria o de otro tipo, previstas especialmente por la ley para supuestos en los que concurren un riesgo procesal objetivo y un alto grado de probabilidad de la hipótesis de la imputación.

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