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    Jueves, 08 de abril de 2010 | Fuente: Archivo CIJ

    Confirman que irán a juicio oral seis ex jefes militares por delitos contra los DDHH

    Lo resolvió la Cámara Federal de Mar del Plata. Están acusados de secuestros y homicidio calificado en el centro de detención “La Cueva”. El expediente es un desprendimiento de la causa “Molina”, que irá a juicio oral este año. Fallo completo

    La Cámara Federal  de Mar del Plata confirmó los procesamientos de los ex jefes militares bonaerenses Eduardo Jorge Blanco, Leandro Marquiegui, José Carmen Beccio, Alfredo Manuel Arrillaga, Aldo Carlos Máspero y Nicolás Caffarello, por privación ilegítima de la libertad y homicidio calificado, en el marco de una causa por delitos de lesa humanidad por los hechos acontecidos en el centro de detención "La Cueva", de esa ciudad.

    En una resolución anterior, ante un recurso de apelación de la fiscalía, la Cámara Federal de Mar del Plata le había ordenado al juez de instrucción que ampliara la acusación a los imputados incluyendo el presunto delito de “homicidio calificado”, lo que motivó el agravio de los procesados al indicar que no había sido probado ningún homicidio en la causa.

    Ante esto, la Cámara se remitió al anterior fallo para confirmar los procesamientos. Básicamente, los jueces argumentaron sobre los homicidios que habrían cometido los acusados: “si bien se ha hablado en estos supuestos de ‘desaparición forzosas de personas’, tal modalidad no encuentra una tipología concreta en nuestro Código Penal o leyes especiales, debiendo adecuarse la conducta enrostrada a los imputados en algunas de las formas punitivas previstas por nuestro ordenamiento jurídico”.

    Según los magistrados, “la prueba indiciaria que surge de los elementos y testimonios colectados por la instrucción, consiste en hechos o circunstancias que a través de su interpretación conjunta y armónica, adquieren la relevancia requerida para la configuración no solo del hecho principal (privación ilegitima de la libertad), sino que también, conforme el grado de comprobación que requiere esta instancia, permite inferir la existencia de otro delito (homicidio)”.

    Para llegar a esa conclusión, los jueces entendieron que “la ausencia extremadamente prolongada en el tiempo desde la privación de la libertad, el cuadro situacional de la época en que la misma se produjo, los motivos que habrían sido determinantes para su sustracción, y la operatoria y modalidad impuesta por quienes pudieron ser los autores de tal conducta, a la luz de otros acontecimientos similares con aquel resultado luctuoso, nos lleva coherentemente a concluir en la presunta comisión de un homicidio en los términos de la ley penal”.

    Esta causa es un desprendimiento del expediente “Gregorio Molina”, que ya tiene fecha de juicio oral para el 6 de julio, aunque la Cámara de Casación Penal exigió que se adelante la fecha de inicio.

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