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    El Centro de Información Judicial (CIJ) fue creado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la Acordada N° 17/2006 y disuelto por la Acordada N° 10/2025, que crea este repositorio histórico para conservar sus contenidos. Los fallos de los tribunales Federales y Nacionales se publican en este sitio web.
    Martes, 07 de julio de 2020 | Fuente: Archivo CIJ

    Informe de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal

    Informe de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal

    La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal celebró una audiencia oral remota para analizar el recurso de casación interpuesto por la defensa particular de los imputados Claudio Ismael Sánchez y Walter Hernán Pérez, ex integrantes de la Prefectura Naval Argentina, contra la sentencia condenatoria dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Resistencia, provincia de Chaco.
     
    El mencionado Claudio Ismael Sánchez fue condenado a la pena de prisión perpetua en orden al delito de homicidio agravado (art. 80 inc. 9° del Código Penal); por su parte, Walter Hernán Pérez fue condenado a la pena de 2 años y 8 meses de prisión en orden al delito de abuso de armas agravado (art.  104, primer párrafo, en función de los arts. 105 y 80 inc. 9 del Código Penal).
     
    En el caso, se juzgan las responsabilidades penales a raíz del hecho que tuvo como víctima fatal a Víctor Amalio Alegre., ocurrido el 22 de agosto de 2016 en la localidad de Colonia Benítez, provincia de Chaco.
     
    Para la realización de la audiencia se contó con la asistencia de la Dirección General de Tecnología del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación y la organización de la Oficina Judicial de la Cámara Federal de Casación Penal. 
     
    Los camaristas Borinsky, Carbajo y Hornos escucharon al abogado defensor de los imputados Sánchez y Pérez a lo largo de una audiencia de 2 horas, le permitieron exhibir fotografías y videos en sustento de su posición y le efectuaron distintas preguntas aclaratorias.
     
    Cabe recordar que la Cámara Federal de Casación Penal mediante las Acordadas 6/20, 8/20, 10/20, 11/20, 12/20, 13/20 y 14/20, ha otorgado plena validez a los actos procesales realizados de forma remota, habilitando el trabajo de magistrados, funcionarios y empleados desde sus hogares; circunstancia que demanda la utilización y maximización de las herramientas digitales y tecnológicas disponibles.
     
    De tal manera, el Máximo Tribunal Penal de la Nación ajustó su funcionamiento a las diversas medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo Nacional, a fin de seguir garantizando la prestación del servicio de justica cumpliendo con el aislamiento social, preventivo y obligatorio establecido.
     
    Así, apelando a los medios informáticos disponibles y de manera remota, se continúan desarrollando las tareas en el contexto de pandemia, en una actividad fundamentalmente presencial como es la actividad judicial. 
     
    No debe perderse de vista que, en este contexto de emergencia, el funcionamiento de la justicia penal federal resulta vital, pues es quien por mandato constitucional debe investigar y juzgar delitos graves, a la vez que debe atender las numerosas peticiones que efectúan las personas privadas de su libertad. 
     
     
    Informe: Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal

     

     

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