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    El Centro de Información Judicial (CIJ) fue creado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la Acordada N° 17/2006 y disuelto por la Acordada N° 10/2025, que crea este repositorio histórico para conservar sus contenidos. Los fallos de los tribunales Federales y Nacionales se publican en este sitio web.
    Jueves, 05 de marzo de 2020 | Fuente: Archivo CIJ

    Resolución de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal en causa FSM 32008957/2011 “Carro Córdoba Cristian Ramón s/recurso de casación"

    La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por el doctor Mariano Hernán Borinsky como Presidente y los doctores Javier Carbajo y Gustavo M. Hornos como Vocales, convalidó -por unanimidad- la resolución de la jueza federal de primera instancia de San Isidro Dra. Sandra Arroyo Salgado que rechazó un pedido de la defensa pública oficial de Cristian Ramón Carro Córdoba mediante el cual se intentó computar como tiempo de cumplimiento de pena para el procedimiento de extradición, el lapso de encierro cumplido en el marco de los diversos procesos penales y detenciones que cumplió en otras causas que tramitaban a su respecto en nuestro país.
     
    Se trata de Cristian Ramón Carro Córdoba, quien se encuentra cumpliendo una condena de 25 años de prisión tras ser hallado culpable -en calidad de coautor- del delito de secuestro extorsivo agravado que tuvo como víctima al joven correntino Christian Eduardo Schaerer, secuestrado en el año 2003. Su familia había pagado 270.000 dólares por su liberación en Ciudad del Este, República del Paraguay, pero él nunca apareció.
     
    Dicha condena fue confirmada con fecha 30 de octubre de 2013 por la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada en esa oportunidad por los Dres. Mariano Hernán Borinsky, Eduardo R. Riggi y Liliana E. Catucci (en ese orden de votación).
     
    El pedido de extradición, declarado procedente y confirmado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, fue efectuado por las autoridades judiciales de la República del Paraguay en virtud de la acusación que pesa sobre Carro Córdoba por un secuestro extorsivo que tuvo lugar en ese país.
     
    Los camaristas Hornos, Carbajo y Borinsky -en ese orden-, puntualizaron que lo decidido en primera instancia por la Dra. Arroyo Salgado se ajusta a lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el año 2010 en el marco del proceso de extradición.
     
     
    Informe: Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal
     
     
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