Código Procesal Civil y Comercial de la Nación
Embargo preventivo. Procedencia
Artículo. 209. - Podrá pedir embargo preventivo el acreedor de deuda en dinero o en especie que se hallare en alguna de las condiciones siguientes: (...)
5) Que aun estando la deuda sujeta a condición o plazo, se acredite sumariamente que el deudor trata de enajenar, ocultar o transportar sus bienes, comprometiendo la garantía, o siempre que se justifique del mismo modo que por cualquier causa ha disminuído apreciablemente la solvencia del deudor, después de contraída la obligación.