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    El Centro de Información Judicial (CIJ) fue creado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la Acordada N° 17/2006 y disuelto por la Acordada N° 10/2025, que crea este repositorio histórico para conservar sus contenidos. Los fallos de los tribunales Federales y Nacionales se publican en este sitio web.
    Jueves, 07 de marzo de 2019 | Fuente: Archivo CIJ

    PENAL | Rechazo a planteos en una causa vinculada a la firma del memorándum de entendimiento con Irán

    La Corte Suprema, por unanimidad, desestimó los recursos de queja presentados por Cristina Fernández de Kirchner y Oscar Parrilli
    La Corte Suprema de Justicia de la Nación, por unanimidad, desestimó sendos recursos de queja por recurso extraordinario federal denegado, presentados por la defensa de Cristina Fernández de Kirchner y de Oscar Parrilli.
     
    Fue en el marco de una causa en la que se investiga la presunta comisión de delitos derivados de la preparación y rúbrica del Acuerdo de Entendimiento entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República Islámica de Irán en relación con el atentado a la sede de la AMIA.
     
    La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Corrección Federal había confirmado los procesamientos de, entre otros, Fernández de Kirchner y Parrilli, encuadrando el hecho en las figuras de estorbo de un acto funcional, abuso de autoridad y encubrimiento agravado. En la misma resolución el tribunal confirmó la prisión preventiva impuesta a Fernández de Kirchner, cuya ejecución efectiva se supeditó al resultado del proceso de desafuero requerido por el juez de instrucción.
     
    Contra esa decisión, las defensas presentaron recursos de apelación, que fueron declarados inadmisibles por la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal por considerar que no se dirigieron contra una sentencia definitiva o equiparable a tal.
     
    A raíz de ello, interpusieron sendos recursos extraordinarios, cuyos rechazos dieron origen a la intervención de la Corte Suprema.
     
    El Máximo Tribunal, con la firma de Carlos Rosenkrantz, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, desestimó las quejas por considerar que no se dirigen contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (conforme artículo 14 de la ley 48).

     

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