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    Martes, 02 de febrero de 2010 | Fuente: Archivo CIJ

    Salta: rechazan amparo que pretendía continuar obras hídricas frenadas por el Gobierno local

    Lo resolvió la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la provincia. En octubre pasado, la Secretaría de Recursos Hídricos suspendió los trabajos por considerarlos peligrosos para la estabilidad de un puente. Fallo completo

    El Juez de la Sala Quinta de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, Mario D’Jallad, declaró abstracto el amparo presentado por un particular en contra de la Secretaría de Recursos Hídricos y la Dirección de Vialidad de la Provincia. El recurso había sido presentado invocando la mora de ambos organismos oficiales en expedirse sobre las peticiones para continuar sus obras sobre un tramo del Río Castellanos y para que a su vez se emitiera un plan de mantenimiento de un puente.

    El pasado 5 de enero, la Secretaría de Recursos Hídricos ratificó su decisión del 9 de octubre del año pasado que suspendió la realización de los trabajos de defensa sobre un tramo del río Castellanos, en cercanías del puente sobre dicho cauce.

    La presentación fue considerada abstracta por el magistrado al haberse comprobado que no existía mora, tanto de la Secretaría de Recursos Hídricos como por Vialidad de la Provincia. Además se consideró fundada la argumentación para negar la continuidad de los trabajos iniciados sobre la margen del río.

    Los trabajos desarrollados por el particular para modificar la línea de ribera -según un informe técnico elaborado por un ingeniero- redujeron el ancho del cauce a 35 y 40 metros aguas arriba del puente, concluyéndose en consecuencia que resultaba peligroso para la estabilidad total del mismo ya que éste tiene una longitud libre total de 50 metros libres para el paso del agua y defensas a 45 grados en la margen derecha.

    Dicho informe fue acompañado con fotografías satelitales tomadas usando Google Earth correspondiente a los años 2002 y 2009 para verificar los cambios introducidos en la propiedad.

    Frente a este informe técnico, el magistrado consideró que “no existe resquicio posible que permita ordenar a Vialidad de la Provincia la elaboración de un plan de mantenimiento del puente y menos aún ordenar a la Secretaría de Recursos Hídricos que permita al actor continuar con las obras que dice tener autorizadas”.
     
    Salta, 02 de febrero de 2010

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