Carlos Lisandro Salas, exsecretario de Comunicaciones de la Nación, planteó la inexistencia de una acción penal iniciada en su contra debido al plazo transcurrido. En la causa se le imputa a él y al exinterventor de la Comisión Nacional de Comunicaciones haber dictado ciertas resoluciones con el presunto objetivo de perjudicar a dos empresas.
Rechazado su planteo, Salas recurrió la resolución hasta llegar a la Corte Suprema.
El Máximo Tribunal consideró inadmisible su recurso, en virtud de las facultades previstas en el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.