Código Penal
Artículo 163 - Se aplicará prisión de uno a seis años en los casos siguientes:
(…) 6º Cuando el hurto fuere de vehículos dejados en la vía pública o en lugares de acceso público.
Artículo 167 - Se aplicará reclusión o prisión de tres a diez años:
(…) 4º. Si concurriere alguna de las circunstancias enumeradas en el artículo 163.