X
/
    Logo CSJN
    • Preguntas frecuentes
    • Acceso a la información pública
    • Justicia.ar
    • X
    • Instagram
     
    • Institucional
      El Tribunal
      Jueces
      Palacio de Justicia
      Organigrama
      Biblioteca
      Archivo Histórico
    • Decisiones
      Sentencias
      Acordadas
      Resoluciones
    • Transparencia
      Presupuesto
      Recursos
      Adquisiciones y contrataciones
      Otras erogaciones
      Cuenta de inversión
      Organización interna
      Personal Judicial
      Remates
      Ver todos
    • Servicios
      Causas en trámite
      Presentaciones remotas
      Tribunales Federales y Nacionales
      Turnos
      Guía judicial
      Datos abiertos
      Oficios Externos
      Uso del personal
      Oficina de Matrícula
      Notificaciones
      Mandamientos
      Archivo General
    • Novedades

    • Preguntas frecuentes
    • Acceso a la información pública
    • Justicia.ar
    • X
    • Instagram
    1. Inicio
    2. Novedades
    3. Archivo CIJ
    El Centro de Información Judicial (CIJ) fue creado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la Acordada N° 17/2006 y disuelto por la Acordada N° 10/2025, que crea este repositorio histórico para conservar sus contenidos. Los fallos de los tribunales Federales y Nacionales se publican en este sitio web.
    Miércoles, 20 de enero de 2010 | Fuente: Archivo CIJ

    Dictan nuevo fallo contra el uso público de células madre

    A través de una medida cautelar, un juez en lo Contencioso Administrativo Federal suspendió la resolución del INCUCAI que dispone que esas células se inscriban en un registro nacional, y así puedan ser utilizadas por cualquier paciente. Fallo completo

    El juez Guillermo Rossi, a cargo del Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 8, dictó una medida cautelar por la cual suspendió los efectos de la resolución 69/09 del INCUCAI, que dispone que las Células Progenitoras Hematopoyéticas (CPH) deberán ser inscriptas en el Registro Nacional de Donantes de CPH y estarán disponibles para su uso alogénico.

    Esa norma dispone que de existir un paciente –en nuestro país o en el exterior- que necesite un trasplante de CPH, cuya compatibilidad coincida con la unidad preservada, la misma será destinada para el alotraspante del mismo, no generando dicha utilización ningún tipo de resarcimiento económico.

    En la causa, iniciada por una acción de amparo, el magistrado sostuvo que “se plantea así la posibilidad de que, durante la sustanciación de este proceso, las unidades de CPH preservadas por la aquí accionante, sean utilizadas para el alotrasplante de otros individuos, lo que podría tornar de cumplimiento imposible la sentencia que en definitiva decida sobre el fondo de la cuestión”.

    Logo CSJN
     
     Talcahuano 550 - CABA - Argentina
     Contacto
     Mapa del sitio