X
/
    Logo CSJN
    • Preguntas frecuentes
    • Acceso a la información pública
    • Justicia.ar
    • X
    • Instagram
     
    • Institucional
      El Tribunal
      Jueces
      Palacio de Justicia
      Organigrama
      Biblioteca
      Archivo Histórico
    • Decisiones
      Sentencias
      Acordadas
      Resoluciones
    • Transparencia
      Presupuesto
      Recursos
      Adquisiciones y contrataciones
      Otras erogaciones
      Cuenta de inversión
      Organización interna
      Personal Judicial
      Remates
      Ver todos
    • Servicios
      Causas en trámite
      Presentaciones remotas
      Tribunales Federales y Nacionales
      Turnos
      Guía judicial
      Datos abiertos
      Oficios Externos
      Uso del personal
      Oficina de Matrícula
      Notificaciones
      Mandamientos
      Archivo General
    • Novedades

    • Preguntas frecuentes
    • Acceso a la información pública
    • Justicia.ar
    • X
    • Instagram
    1. Inicio
    2. Novedades
    3. Archivo CIJ
    El Centro de Información Judicial (CIJ) fue creado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la Acordada N° 17/2006 y disuelto por la Acordada N° 10/2025, que crea este repositorio histórico para conservar sus contenidos. Los fallos de los tribunales Federales y Nacionales se publican en este sitio web.
    Lunes, 12 de noviembre de 2018 | Fuente: Archivo CIJ

    La Cámara Federal de Salta ordenó a una obra social suministrar en forma temporaria cannabis medicinal a un menor con discapacidad

    Lo resolvió la Sala II. Se trata de un niño que padece epilepsia refractaria

    La Sala II de la Cámara Federal de Salta hizo lugar parcialmente a un recurso presentado por una obra social en el marco de una acción de amparo promovido por la madre de un menor que padece epilepsia refractaria. La acción fue impulsada a fin de que se ordene a la Obra Social de Petroleros (OSPE) a cubrir un acompañante terapéutico y proveer dos frascos de 100 ml. de aceite de Charlotte por mes y una silla de ruedas.

    La obra social recurrió la decisión del Juzgado Federal N° 2 de Salta que había hecho lugar al amparo, señalando que el aceite de Charlotte no está incluido en el Plan Médico Obligatorio, por lo que no se encontraría obligada a brindar su cobertura. Añadió que, si bien la ley 27.350 establece un marco regulatorio para el uso medicinal, terapéutico y/o paliativo de la planta de cannabis y sus derivados, pone en cabeza del Estado su provisión gratuita para aquellos pacientes que se incorporen a un programa nacional.

    La Cámara señaló que “la vía adecuada para que en un supuesto como el presente se provea aceite de cannabis gratuitamente es el ingreso al programa especialmente creado al efecto, camino que -de acuerdo a las constancias de autos- la actora nunca instó”.

    “Si el actor pretende que se le provea gratuitamente el aceite de cannabis debe ingresar al Programa, no compartiendo este Tribunal el criterio adoptado por el a quo de condenar a la obra social a su suministro cuando aún no se instó el procedimiento previsto en la ley”, agregó.

    La Cámara resolvió que, una vez que la actora acredite el inicio de los trámites de inscripción del menor en el Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta del Cannabis, la obra social cubra transitoriamente la provisión del aceite de Charlotte.

    Dicha cobertura se mantendrá siempre y cuando la actora comunique mensualmente al juzgado los avances en el procedimiento de admisión en el referido Programa y cesará una vez que quede firme la decisión de admitir o denegar al paciente.

     

    Logo CSJN
     
     Talcahuano 550 - CABA - Argentina
     Contacto
     Mapa del sitio