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    El Centro de Información Judicial (CIJ) fue creado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la Acordada N° 17/2006 y disuelto por la Acordada N° 10/2025, que crea este repositorio histórico para conservar sus contenidos. Los fallos de los tribunales Federales y Nacionales se publican en este sitio web.
    Martes, 29 de diciembre de 2009 | Fuente: Archivo CIJ

    Lesa humanidad: confirman fallo que ordena realizar pericias de ADN

    La Cámara Federal porteña rechazó un recurso extraordinario. Así, ratificó la decisión de que se practique un examen sobre material biológico obtenido de objetos personales, en el marco de una investigación por apropiación de menores. Fallo completo

    La Sala II de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal declaró inadmisible un recurso extraordinario presentado por Emiliano Prieto, contra la sentencia del mismo tribunal que rechazó una queja por apelación denegada contra el fallo de primera instancia que, el 3 de septiembre último, dispuso se practique un peritaje sobre el material biológico que se obtenga de objetos de uso personal de una persona mayor de edad, en el marco de una investigación por apropiación de menores durante el último gobierno de facto.

    Según el tribunal, “la vía intentada no resulta procedente pues, como reiteradamente ha sostenido la Corte Suprema de Justicia de la Nación, las decisiones que declaran la improcedencia de recursos deducidos ante los tribunales de alzada, en la medida en que se refieren a los límites de la competencia asignada a éstos, comprometen sólo cuestiones de derecho procesal ajenas a la instancia extraordinaria”.

    En la causa, se había ordenado realizar la pericia sobre elementos personales que fueron secuestrados durante un allanamiento realizado el 2 de septiembre pasado, para que sean analizados por el Banco Nacional de Datos Genéticos del Hospital de Agudos Dr. Carlos A. Durand, tendiente a la obtención de muestras de ADN comparativo para estudios de histocompatibilidad.

    En primera instancia se rechazaron los recursos de apelación, por entender la jueza que la resolución no es recurrible y porque se trata de la “única alternativa capaz de dar respuesta a la cuestión debatida, ya que se intenta dilucidar la eventual filiación de quien fuera inscripto como Emiliano Matías Prieto”.

    En una resolución del 5 de noviembre último, ahora confirmada, la cámara indicó que “la cuestión puesta a estudio se torna claramente inapelable, ya que obtenido el material genético conforme a las pautas indicadas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en sus recientes pronunciamientos, la magistrada ha dispuesto la realización de un peritaje, sin involucrar ninguna acción de Emiliano Matías Prieto”.

    “En consecuencia, más allá de los cuestionamientos formulados por la parte en lo que respecta a la obtención de las muestras –aspecto ajeno al marco de esta incidencia-, la orden emitida a efecto de que se lleve a cabo el estudio pericial respectivo, no es una decisión que se encuentre dentro de aquellas susceptibles de ser recurridas”, agregó el tribunal.

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