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    El Centro de Información Judicial (CIJ) fue creado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la Acordada N° 17/2006 y disuelto por la Acordada N° 10/2025, que crea este repositorio histórico para conservar sus contenidos. Los fallos de los tribunales Federales y Nacionales se publican en este sitio web.
    Martes, 29 de mayo de 2018 | Fuente: Archivo CIJ

    Resolución de la Cámara Federal respecto de la integración provisoria de la Sala I de ese tribunal

    Fue firmada este martes por los jueces Martín Irurzun y Leopoldo Bruglia

    Expte. N° 2270/2013

    Res. N° 80 /2018 RR.HH

     

    ///nos Aires, 29 de mayo de 2018

     

    VISTO:

    Que el Dr. Leopoldo Bruglia, a cargo de presidencia de la Sala I de esta Cámara manifiesta la necesidad de la integración de ese Tribunal mediante designación de un magistrado subrogante conforme la normativa vigente al día de la fecha (confr. términos del Fallo C.S.J.N. “Uriarte” del 4/11/15). A tal fin, sugiere una terna de candidatos integrada por Magistrados actualmente titulares de Tribunales Orales en Criminal Federal de la Capital Federal (Pablo Daniel Bertuzzi, trasladado del TOCF 1 de La Plata -Dto 438/2010; Jorge Luciano Gorini, designado Juez de TOCF 2 de Capital Federal – Dto 1386/2011 y Néstor Guillermo Costabel, nombrado Juez de TOCF 4 de Capital Federal -Dto. 1387/2011).

    Y CONSIDERANDO:

    Que esta Cámara tendrá a partir del 1° de junio próximo, cuatro vacantes de las cuales sólo se ha concursado una y llamado a concurso a otra (Sala I desde 31/12/07 y 1/6/2018; y Sala II desde 1/2/18 y 10/5/18). A pesar de esta situación el Tribunal no ha visto paralizada su actividad en ningún momento (confr. Publicación http://www.cij.gov.ar/causas-de-la-camara-federal.html).

    Que se encuentra promulgada la ley 27439 aún no publicada -condición ésta de su entrada en vigencia- que establece un nuevo régimen legal de subrogancias para magistrados.

    Que en las actuales condiciones normativas es el Consejo de la Magistratura el órgano que debe proveer a la designación transitoria que la Sala I solicita.

    Ahora bien, en torno a la propuesta que debe efectuar esta Cámara, se plantean diferentes opiniones.

    Al respecto, el Dr. Bruglia sostiene que corresponde proveer a la integración transitoria en atención a exclusivas razones de servicio que hacen a una adecuada administración de justicia, teniendo en cuenta las vacantes existentes a la fecha en el Tribunal, situación ésta que es de público conocimiento.

    A tal fin y sin perjuicio de lo que el Consejo de la Magistratura pueda considerar pertinente, propone una terna compuesta por los Dres. Pablo Bertuzzi, Jorge Gorini y Néstor Costabel, magistrados sobre cuya profesionalidad e idoneidad puede dar fe en virtud de haber trabajado con ellos durante los últimos años, mientras se desempeñó como Juez de Tribunal Oral Federal de Capital Federal.

    Sobre el mismo tópico, el Dr. Irurzun reitera su opinión, ya esbozada y expuesta en numerosas oportunidades al Presidente del Consejo de la Magistratura – vgr. oficio del 18/5/2018 -, en punto a que es necesario que las vacantes se cubran mediante la designación regular de magistrados, tal y como lo impone la Constitución Nacional.

    Al respecto señala que este ha sido el criterio de la Corte Suprema de Justicia de la Nación expuesto en las Acordadas 4 y 7, ambas de 2018; y pone énfasis en que la designación transitoria por períodos prolongados no atiende al espíritu de las instituciones republicanas de gobierno.

    Con las opiniones vertidas y a fin de permitir el gobierno de la integración de cada una de las Salas, dando oportunidad en este caso a que la petición de la Sala I tenga el curso que, quien a la fecha ejerce su presidencia, propugna, el Tribunal RESUELVE remitir la propuesta del Dr. Bruglia, respecto de la integración provisoria de la Sala I a conocimiento del Sr. Presidente del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación.

    Regístrese, publíquese y cúmplase mediante oficio de estilo.

    Fdo: doctores Martín Irurzun, Leopoldo Bruglia. Ante mí: doctora Susana Marina Echevarria (Secretaria General).

    Nota: Para dejar constancia de que el doctor Jorge L. Ballestero, no subscribe la presente por encontrarse en uso de licencia. Doctora Susana Marina Echevarria (Secretaria General).

     

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