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    El Centro de Información Judicial (CIJ) fue creado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la Acordada N° 17/2006 y disuelto por la Acordada N° 10/2025, que crea este repositorio histórico para conservar sus contenidos. Los fallos de los tribunales Federales y Nacionales se publican en este sitio web.
    Jueves, 15 de febrero de 2018 | Fuente: Archivo CIJ

    La Corte Suprema ordenó la asignación a entidades con fines de interés público de los bienes secuestrados en casos de corrupción, narcotráfico y demás causas penales

    La Corte Suprema de Justicia de la Nación, a través de una acordada firmada este jueves por todos los ministros del Máximo Tribunal, ordenó la asignación a entidades con fines de interés público de los bienes secuestrados en casos de corrupción, narcotráfico y demás causas penales.

    Entre otras consideraciones, la Corte Suprema señaló lo siguiente:

    -La problemática que constituye la actividad delictiva y la necesidad de enfrentar delitos como la corrupción, el narcotráfico, lavado de activos, entre otros, ha sido siempre preocupación de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Para cumplir este objetivo, la Corte ha considerado que resulta imprescindible instrumentar políticas de estado consistentes, coordinadas, efectivas y permanentes en el tiempo.

    -La recuperación de activos que se obtienen de actividades de carácter delictivo debe beneficiar directamente a toda la sociedad. De ahí, la trascendencia que el ordenamiento jurídico le da al fin social de los bienes que han sido utilizados para cometer el hecho o el producto de ellos.

    -En las causas penales es frecuente que se disponga con relación a bienes de cualquier naturaleza que, por distintos motivos, no pueden ser entregados a sus dueños y respecto de los cuales la Corte considera imperioso asegurar su conservación y preservar su valor económico durante el proceso.

    -La Corte sostiene que la custodia y mantenimiento de esos bienes requieren la adopción de medidas que implican, en definitiva, erogaciones públicas. Resulta de toda justicia asignarle a estos bienes “una finalidad de utilidad pública” de modo tal que, a la par de asegurarse su conservación, toda la sociedad se beneficie de ellos a través de la entrega de los mismos a entidades con fines de interés público, para el cumplimiento de sus objetivos específicos.

    -En virtud de la política de gobierno abierto que lleva adelante este Tribunal, resulta fundamental garantizar la publicidad de todos los actos del Poder Judicial, entre los que están incluidas las medidas que se adopten con relación a estos bienes en el marco de esta acordada.

    -Asimismo, con esta reglamentación, se publicarán los datos de los bienes que se encuentren a disposición de la Corte para proceder a su asignación.

     

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