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    El Centro de Información Judicial (CIJ) fue creado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la Acordada N° 17/2006 y disuelto por la Acordada N° 10/2025, que crea este repositorio histórico para conservar sus contenidos. Los fallos de los tribunales Federales y Nacionales se publican en este sitio web.
    Martes, 28 de noviembre de 2017 | Fuente: Archivo CIJ

    El juez Casanello procesó a ex titulares de la Secretaría de Ambiente por vulnerar la ley de glaciares

    Alcanza a Juan José Mussi, Omar Judis, Sergio Lorusso y Ricardo Villaba. El magistrado encomendó además medidas de protección, limpieza y restauración, y que se establezca de modo urgente si ha existido daño al medio ambiente y se mensure en su caso

    El juez Sebastián Casanello, titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 7, procesó a funcionarios del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA) y de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación por el delito de delito de abuso de autoridad (art. 248 del CP), en tanto incumplieron con lo establecido en la Ley de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial (Ley 26.639, promulgada en octubre de 2010) y los principios consagrados en la Ley General de Ambiente (25.675).

    El juez sostuvo que crearon un documento (“Cronograma y Fundamentos de Ejecución”) en clara contradicción con la ley nacional 26.639, el cual impidió que fueran inventariados, conocidos, y por lo tanto protegidos, muchos cuerpos de hielo existentes en la zona Lama-Veladero donde se asienta la mina “Barrick Gold”, zona que por su extrema aridez hacía aún más necesaria la preservación del agua.

    Además, Casanello les atribuyó el haber retenido información y demorar la publicación del Inventario Nacional de Glaciares, como así también postergar los trabajos que debían efectuarse en la zona, la cual era “prioritaria” conforme la ley debido a la existencia de la mina.

    En esas condiciones, concluyó que los incumplimientos vulneraron al menos dos derechos humanos fundamentales: el derecho al ambiente sano y el derecho al agua, y por lo tanto toda la comunidad fue perjudicada.

    Finalmente, ante este escenario, y a los fines de evitar que los glaciares afectados sigan “consumiéndose”, el juez notificó lo resuelto al Ministerio de Ambiente de la Nación (autoridad de aplicación de la ley) y al Congreso de la Nación.

    Informe: Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 7

     

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