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    Jueves, 28 de septiembre de 2017 | Fuente: Archivo CIJ

    El juez Rafecas elevó a juicio oral la causa contra José López por enriquecimiento ilícito

    El Juez Federal Daniel Rafecas, en una resolución de unas 300 fojas, dispuso hoy la elevación a juicio oral de la causa seguida al ex Secretario de Obras Públicas, José Francisco López por el delito de enriquecimiento ilícito.

    En virtud de ello, dispuso que se envíe el expediente a sorteo para que se designe un Tribunal Oral en lo Criminal Federal, que llevará adelante en un juicio oral y público, los tres tramos que forman parte del delito:

    1) La tenencia en su poder en efectivo de casi 9.000.000 de dólares y unos 150.000 euros, que le fueron secuestrados en la madrugada del 14/06/2016 en el Monasterio de Nuestra Señora de Fátima, en la localidad de General Rodríguez.

    Por este primer hecho serán juzgados López, su ex esposa María Amalia Díaz, y por así haberlo dispuesto la Cámara Federal, por el delito de encubrimiento, la hermana Celia Inés Aparicio.

    2) La compra y refacción de la casa de Dique Luján, partido de Tigre, que habitaba al momento de su detención, la cual habría registrado en calidad de testaferro, primero a Andrés Enrique Galera, hasta el año 2010 y de ahí en adelante, también en carácter de testaferro, a Eduardo Ramón Gutiérrez.

    De acuerdo con la tasación oficial dispuesta en su momento por el Juez, el inmueble, de 200 m2 construidos sobre una propiedad de 2000 m2, con muelle propio, ostenta un valor de 680.000 dólares.

    Se dio por probado en la causa, que López y Díaz, pese a figurar como “inquilinos”, participaron y decidieron en el diseño de la construcción de la casa, y efectuaron luego ampliaciones a la misma. Por otra parte, el supuesto alquiler que se pagaba resultó ser irrisorio para la cotización de la propiedad.

    Por este segundo tramo, serán juzgados López, su esposa María Amalia Díaz, y los nombrados Galera y Gutiérrez.

    3) La compra del departamento 13° “B” del edificio de la avda. Las Heras 2032, de esta ciudad, para la cual López habría utilizado como pantalla a la sociedad “Marketing y Eventos S.A.” la cual le pertenece al empresario Carlos Hugo José Gianni y al abogado Marcos Artemio Marconi.

    Respecto de este inmueble, valuado en 110.000 dóalres, ubicado en el mismo edificio en el cual López y Díaz ya poseían otro departamento donde también residían, se probó en la causa que fue María Amalia Díaz quien se interesó por la compra del mismo, y que el empresario Gianni se limitó a comprarlo sin siquiera conocer el inmueble. Por otra parte el contrato de “alquiler”, a nombre de López, resultó en su confección prácticamente idéntico al firmado meses antes para la casa de Dique Luján.

    En este caso, serán enjuiciados López, Díaz y los citados empresarios, Gianni y Marconi.

    En su resolución, el Magistrado rechazó in limine el planteo de nulidad de los requerimientos de elevación a juicio formulado por el defensor de Andrés Galera -Dr. Maximiliano Rusconi-, y no hizo lugar a la oposición a la elevación a juicio que dicha defensa efectuó, disponiendo dar por cerrada la etapa de instrucción. Las otras cinco defensas no se opusieron a la elevación a juicio.

    Por último, el delito por el cual está imputado López prevé un pena de dos a seis años de prisión, multa hasta el 100% del valor del enriquecimiento e inhabilitación absoluta y perpetua.

     

    Informe: Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 3

     

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