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    Martes, 02 de diciembre de 2008 | Fuente: Archivo CIJ

    Se creó un registro de postulantes para autoridades de mesa

    Lo dispuso mediante acordada la Cámara Nacional Electoral. La inscripción se abrirá seis meses antes de cada elección y está destinado a graduados y estudiantes universitarios sin afiliación partidaria

     2 de diciembre de 2008

    Las dificultades para asegurar que todas las mesas receptoras de votos cuenten con sus autoridades el día de la elección son bien conocidas. Las bondades del sistema de designación vigente en nuestro país, basado en la selección aleatoria de ciudadanos que conforman el cuerpo electoral -que tiende primordialmente a garantizar la imparcialidad de dichas autoridades- tienen como contrapartida el desafío de lograr el compromiso de dichos ciudadanos en asumir la carga pública que les es asignada.

    Quienes se ausentan no sólo comprometen la constitución de la mesa sino que obligan a designar a otro elector, que no ha tenido la oportunidad de ser capacitado para desempeñar la tarea.
      
    Por esto, desde hace algunos años la Cámara Nacional Electoral viene adoptando diversas medidas dirigidas –por una parte- a fortalecer los procesos de selección y nombramiento de las autoridades de mesa y –por la otra- a promover la capacitación de los ciudadanos que son designados, para que puedan actuar con la mayor idoneidad.
      
    Hoy, los jueces de ese tribunal -Rodolfo E. Munné, Santiago H. Corcuera y Alberto R. Dalla Via- dieron un paso más en ese camino, al disponer que seis meses antes de cada elección se abra –en las Secretarías Electorales de cada distrito- un “Registro Público de Postulantes a Autoridades de Mesa, en el que podrán inscribirse graduados y estudiantes de universidades nacionales que no registren afiliación partidaria ni la hayan tenido desde el acto electoral anterior”. Los interesados podrán inscribirse en las Secretarías Electorales o a través de Internet.

    Al fundar su decisión, los magistrados pusieron de relieve que “los graduados y estudiantes universitarios de instituciones públicas […] constituyen un universo tan vasto que refleja las múltiples características ¯culturales, políticas, ideológicas, etc.- de la sociedad. Además, de conformidad con el principio de gratuidad de la educación pública estatal, consagrado -con la reforma de 1994- en el artículo 75, inc. 19, de la Constitución Nacional,  esas personas han recibido o reciben una educación gratuita gracias al aporte que realiza la ciudadanía en su conjunto, por lo que resulta atendible apelar a su conciencia cívica para colaborar en una tarea tan vital para la vida democrática como lo es la gestión que, un día cada dos años, llevan a cabo las autoridades de mesa electorales”.

    Según se explica en la Acordada 129/08 que crea dicho registro, esta medida no sustituirá ni modificará el sistema de designación, que seguirá siendo de selección aleatoria entre los miembros del cuerpo electoral. La utilización del registro será subsidiaria a dicho sistema, es decir, se recurrirá a los postulantes sólo cuando de aquella selección no resulten ciudadanos que reúnan las condiciones de designación o cuando los designados no se hagan cargo de la mesa.  

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