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    El Centro de Información Judicial (CIJ) fue creado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la Acordada N° 17/2006 y disuelto por la Acordada N° 10/2025, que crea este repositorio histórico para conservar sus contenidos. Los fallos de los tribunales Federales y Nacionales se publican en este sitio web.
    Miércoles, 24 de mayo de 2017 | Fuente: Archivo CIJ

    Lesa humanidad: la Corte rechazó un recurso de Luciano Benjamín Menéndez contra la condena por el homicidio del obispo Angelelli

    El Máximo Tribunal denegó una queja de la defensa contra el fallo de la Cámara Federal de Casación que había confirmado la condena a prisión perpetua, dictada por el Tribunal Oral Federal de La Rioja

    Este martes, la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió el expediente 97000411/2012/TO1/8/1/RH2 “Menéndez, Luciano Benjamín y otros s/homicidio agravado p/el conc. de dos o más personas y asociación ilícita”.

    El Tribunal (firma de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti) desestimó el recurso de queja por extraordinario denegado que interpuso la defensa de Luciano Benjamín Menéndez (art.280, CPCCN) contra la sentencia que lo condenó a prisión perpetua.

    En los autos principales se tuvo por acreditado que: “el 4 de agosto de mil novecientos setenta y seis, el Obispo de La Rioja, Monseñor Enrique Angelelli, junto al sacerdote Arturo Pinto partieron a las 14.30 hs, munidos de una carpeta con documentación que contenía información sobre el homicidio de los sacerdotes Carlos de Dios Murias y Gabriel Longueville, ocurrido el 18 de julio de 1976, desde Chamical con destino a la ciudad de La Rioja, conduciendo un utilitario Fiat Multicarga (…), por la ruta nacional 38, en dirección sur-norte, tomando el camino viejo para evitar el conocimiento de su viaje por parte de los miembros del CELPA. En proximidades del mojón que indica el km 1056, luego de trasponer una elevación del terreno (bordo) a unos 6 km. Después de pasar la localidad de Punta de Los Llanos, se le acercó a gran velocidad un vehículo color claro –presumiblemente modelo Peugeot 404- conducido por personas que no han podido ser individualizadas hasta la fecha, que, circulando en el mismo sentido de dirección, alcanzó la camioneta por su izquierda, encerrándola hacia la derecha con una maniobra intencionalmente brusca, momento en que se produjo una explosión, saliendo la camioneta del asfalto e ingresando a la banquina en forma de un semicírculo, para luego ingresar de nuevo a la ruta, donde se produjo su vuelco, que trajo como resultado la muerte de Monseñor Angelelli y lesiones a Arturo Pinto, aproximadamente a las 15.00 hs., no consumándose la muerte del último por razones ajenas a la voluntad de los acusados”.

    Asimismo, se dio por probado que las víctimas, monseñor Angelelli y el sacerdote Pinto, por las funciones que desarrollaban: “En la Diócesis que el primero tenía a su cargo como Obispo de La Rioja, eran considerados ‘enemigos del Estado’ y en virtud de ello, por razones políticas fueron objeto de hostigamientos y persecuciones que culminaron con el atentado que sufrieron aquel 4 de agosto, en el cual el Obispo perdió su vida”.

     

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