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    El Centro de Información Judicial (CIJ) fue creado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la Acordada N° 17/2006 y disuelto por la Acordada N° 10/2025, que crea este repositorio histórico para conservar sus contenidos. Los fallos de los tribunales Federales y Nacionales se publican en este sitio web.
    Miércoles, 19 de abril de 2017 | Fuente: Archivo CIJ

    Lesa humanidad: absuelven a los tres acusados en un juicio oral en Córdoba

    Lo resolvió el Tribunal Oral Federal N° 1 de esa ciudad, integrado por los jueces Julián Falcucci, José Vicente Muscará y José Quiroga Uriburu. En la causa se investigan crímenes cometidos en los centros clandestinos de detención “UP1” y “D2”

    El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 de Córdoba, integrado por los jueces Julián Falcucci (presidente), José Vicente Muscará y José Camilo Quiroga Uriburu (subrogante), escuchó las últimas palabras de los imputados en la causa denominada “Pino CanoVíctor y otros p.ss.aa. homicidio agravado con ensañamiento (Expte. FCB 93000117/2010/TOF1)”, quinto proceso llevado a cabo en esa ciudad por el mismo tribunal en relación con delitos de lesa humanidad.

    En la causa se investigan hechos ocurridos en los centros clandestinos de detención  denominados “UP1 y D2” en el año 1976. Se encuentran imputados por estos hechos Víctor Pino Cano, Luis Alberto López y Enrique Pedro Mones Ruiz.

    Luego, el tribunal dictó el veredicto en la presente causa y resolvió por unanimidad:

    “I) Declarar la nulidad parcial del alegato de las abogadas Adriana Gentile y Gabriela Noemí Bautista, apoderadas de las querellantes Elba Inés Pucheta y Raquel Altamira de Vaca Narvaja con relación de los hechos primero y segundo del auto de elevación a juicio, y sólo en lo que atañe a la responsabilidad endilgada a Enrique Pedro Mones Ruiz.

    II) No hacer lugar a la excepción de prescripción de la acción penal deducida por la defensa técnica del imputado Luis Alberto López.

    III) ABSOLVER a VÍCTOR PINO CANO, ya filiado, con relación a diez hechos de homicidio doblemente calificado por alevosía y por el concurso de una pluralidad de partícipes (art. 80 incs. 2 y 4 del Código Penal vigente a la época de los hechos) que tuvieron por víctimas a José Ángel Pucheta, Carlos Alberto Sgandurra, Ricardo Daniel Tramontini, Liliana Felisa Páez de Rinaldi, Pablo Alberto Balustra, Jorge Oscar García, Oscar Hugo Hubert, Miguel Ángel Ceballos, Florencio Esteban Díaz y Marta Juana González de Baronetto, por los que se requirió la elevación de la presente causa a juicio, sin costas, ordenando su inmediata libertad para las presentes actuaciones (arts. 531 y 402 del CPPN).

    IV) ABSOLVER a ENRIQUE PEDRO MONES RUIZ, ya filiado, con relación a cinco hechos de homicidio doblemente calificado por alevosía y por el concurso de una pluralidad de partícipes (art. 80 incs. 2 y 4 del Código Penal vigente a la época de los hechos) que tuvieron por víctimas a José Ángel Pucheta, Carlos Alberto Sgandurra, Miguel Hugo Vaca Narvaja, Gustavo Adolfo De Breuil y Arnaldo Higinio Toranzo, por los que se requirió la elevación de la presente causa a juicio, sin costas (art. 531 del CPPN).

    V) ABSOLVER a LUIS ALBERTO LÓPEZ, ya filiado, con relación a dos hechos de homicidio doblemente calificado por alevosía y por el concurso de una pluralidad de partícipes (art. 80 incs. 2 y 4 del Código Penal vigente a la época de los hechos) que tuvieron por víctimas a José Ángel Pucheta y Carlos Alberto Sgandurra, por los que se requirió la elevación de la presente causa a juicio, sin costas (art. 531 del C.P.P.N).

    Está previsto que la lectura de los fundamentos de la sentencia en la presente causa se realice el 26 de abril próximo, a las 13.

     

    Informe: José Ferrer (Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de Córdoba)

     

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